DOI 10.35381/cm.v11i2.1706

 

La vulneración de la cadena de custodia en el juicio penal en el Cantón Santo Domingo

 

Breach of the chain of custody in the criminal trial in the Canton of Santo Domingo

 

Jhoel Hernán Molina-Andrade

ds.jhoelhma02@uniandes.edu.ec

Universidad Regional Autónoma de Los Andes, Santo Domingo, Santo Domingo de los Tsáchilas

Ecuador

https://orcid.org/0009-0006-3418-468X

 

Wilson Alfredo Cacpata-Calle

us.wilsoncacpata@uniandes.edu.ec

Universidad Regional Autónoma de Los Andes, Santo Domingo, Santo Domingo de los Tsáchilas

Ecuador

https://orcid.org/0000-0002-0615-2908

 

Kleber Carrión-León

us.klebercarrion@uniandes.edu.ec

Universidad Regional Autónoma de Los Andes, Santo Domingo, Santo Domingo de los Tsáchilas

Ecuador

https://orcid.org/0000-0002-9122-475X

 

 


 

RESUMEN

El objetivo general de la investigación fue analizar la vulneración de la cadena de custodia en el juicio penal en el Cantón Santo Domingo. Utilizó el método cuantitativo el cual produce datos descriptivos, que se originan por la recolección de datos. Se apoyó en la revisión documental-bibliográfica. Además, se aplicó el método inductivo-deductivo, y el método analítico-sintético. Se empleó una encuesta dirigida a los abogados en el libre ejercicio de la profesión, para lo cual se realiza el cálculo correspondiente, para obtener una muestra de 100 abogados. Se concluye que, las reglas de la cadena de custodia guardan íntima relación con el debido proceso, pues se pretende salvaguardar la autenticidad de los indicios y vestigios objeto de la investigación penal, por que dicha garantía es un fundamental a nivel probatorio y es efectivamente las pruebas, las que materializan la infracción frente a la responsabilidad de la persona procesada.

 

Descriptores: Método científico; juicio; ley. (Tesauro UNESCO)

 

 

 

ABSTRACT

The overall objective of the research was to analyze the violation of the chain of custody in criminal trials in the Canton of Santo Domingo. The quantitative method was used, which produces descriptive data originating from data collection. It was based on a review of documents and bibliography. In addition, the inductive-deductive method and the analytical-synthetic method were applied. A survey was conducted among lawyers in private practice, for which the corresponding calculation was made to obtain a sample of 100 lawyers. It is concluded that the rules of the chain of custody are closely related to due process, as they are intended to safeguard the authenticity of the evidence and traces that are the subject of the criminal investigation, because this guarantee is fundamental at the evidentiary level and it is effectively the evidence that substantiates the offense in relation to the responsibility of the person being prosecuted.

 

Descriptors: Scientific method; judgment; law. (UNESCO Thesaurus)

 

 

 


INTRODUCCIÓN

El Estado a través de su poder punitivo, busca sancionar a los ciudadanos que han inobservado la ley y han adecuado su conducta a un tipo penal, a partir de suficientes medios probatorios. De esta forma, el proceso penal, se fundamenta en la acusación fiscal y pruebas que materialicen la consumación del delito.

Es así como la cadena de custodia resulta uno de los procesos investigativos más importantes en la administración de justicia penal, por lo que se debe observar y cumplir con sus reglas, so pena según la Corte Nacional de Justicia en el Oficio No. 167-2018- P-CPJP (2018), de ser desechados en el juicio oral; Lo que motivó este trabajo. En Ecuador, producto de las Tecnologías de la Información y Comunicación, el manejo de la cadena de custodia ha mejorado evidentemente, con diligencias más oportunas y simplificadas, sin embargo, sigue siendo un procedimiento que amerita ser investigado a partir de su efectividad y fiabilidad a la hora de recabar los elementos de convicción objeto de la Litis.

De acuerdo con el Código Orgánico Integral Penal (2019) en su artículo 456 la cadena de custodia se debe aplicar aquellos “elementos físicos o contenido digital materia de prueba, para garantizar su autenticidad, acreditando su identidad y estado original” Siendo así como la cadena de custodia no es otra cosa que acreditar por parte de la fiscalía que los resultados de su investigación son fidedignos, acorde a la realidad de los hechos, situación que debe ser vigilada por el juez o tribunal de garantías penales. La norma ejusdem establece quienes serán responsables de vigilar el cumplimiento de la cadena de custodia (tabla 1):

 

Tabla 1.

Responsable de la cadena de custodia.

 

Sistema especializado integral de medicina legal y ciencias forenses.

Personal competente en materia de tránsito.

Personal de servicios de salud que tengan contacto con elementos de investigación.

 

Elaboración: Los autores.

 

Según el Manual de Cadena de Custodia en el Ecuador (2011), existen centros donde se almacenan los objetos investigados y que serán objetos de futuras pericias, como parte de la cadena de custodia. Para ello se han dispuesto: a) centros de acopio temporales y b) centros de Acopio Permanentes. Los primeros mantendrán al indicio y/o evidencia por un tiempo perentorio, hasta la realización de la experticia, luego de lo cual remitirán las evidencias hacia los centros de acopio permanentes, los cuales conservan las evidencias por un tiempo más amplio, durante la investigación, sustanciación del juicio o hasta la disposición final de la autoridad competente. Estos son los siguientes, visibles en la figura 1:

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Figura 1. Cadena de custodia.

Fuente: Manual de Cadena de Custodia en el Ecuador (2011).

 

 

Estos indicios de prueba, recolectados en el lugar en donde se cometió el delito, siendo el objeto de esta problemática la ciudad de Santo Domingo, donde como se evidencia en el estudio, existe alteración de estas pruebas, acarreando la vulneración al debido proceso, inclusive en la duda del juzgador que puede ocasionar a la detención de una persona inocente, ajena a la situación fáctica investigada. Las alteraciones de la prueba se pueden dar en cualquier circunstancia, por ejemplo, al momento de ingresar al contacto con el elemento circunstancial del delito.

Por ende, si la prueba ha sido alterada esto puede trajinar dudas en el criterio del juzgador para poder estar convencido sobre la veracidad de los hechos, produciendo como afirma la doctrina americana, el fruto del árbol envenenado. El alterar la prueba y romper la cadena de custodia pueden acarrear problemas en cuanto a la veracidad de los hechos y de cómo en realidad puede repercutir para las personas que están dentro del proceso y del procedimiento de causas penales. La Norma normarum en su artículo 76.4 que “las pruebas obtenidas o actuadas con violación de la Constitución o la ley no tendrán validez alguna y carecerán de eficacia probatoria” (Constitución de la República del Ecuador, 2008).

La Sala Penal de la Corte Nacional de Justicia, ha analizado en diversas líneas jurisprudenciales respecto de la cadena de custodia, y ha considerado que esta es la aplicación de un conjunto de reglas y métodos con la finalidad de asegurar, embalar y proteger cada elemento probatorio hallado en el lugar de los hechos, para evitar su alteración, suplantación, destrucción, contaminación, lo que afectaría seriamente la investigación de los hechos ilícitos suscitados. (Sentencia No. 1549-2012SP, 2012). La cadena de custodia nos permite conocer en cualquier momento del proceso penal, en donde se encuentra el medio de prueba, lo que garantiza la transparencia y la seriedad en el proceso penal. Por este motivo es importante que se aplique de manera correcta en la administración de justicia penal ecuatoriana.

Planteado como objetivo general de la investigación analizar la vulneración de la cadena de custodia en el juicio penal en el Cantón Santo Domingo.

 

MÉTODO

La presente investigación utiliza el método cuantitativo el cual produce datos descriptivos, que se originan por la recolección de datos. Apoyado en la revisión documental-bibliográfica. Además, se aplica el método inductivo-deductivo, el cual sugiere que para encontrar una verdad se deben buscar los hechos y no basarse en meras especulaciones, además de partir de afirmaciones generales para llegar a específicas (Dávila, 2006). Se plantea además el método analítico-sintético por medio del cual, se descompone un todo en partes extrayendo cualidades, componentes, relaciones y más para posteriormente unir las partes analizadas y con ello descubrir características y relaciones entre los elementos (Rodríguez y Pérez, 2017). Se aplica una encuesta dirigida a los abogados en el libre ejercicio de la profesión, para lo cual se realiza el cálculo correspondiente, para obtener una muestra de 100 abogados.

 

RESULTADOS

Este apartado detalla los resultados derivados de la implementación del método propuesto.

 

1.- ¿Con qué frecuencia patrocina causas en materia penal?

La figura 1, indica que la práctica más común entre los encuestados es patrocinar causas penales de forma mensual. Las demás frecuencias (anual, semestral y trimestral) son significativamente menos frecuentes.

 


Figura 1. Frecuencia de patrocinio en materia penal.

Elaboración: Los autores.

 

2. ¿Cuánto conoce sobre el procedimiento de cadena de custodia en el Ecuador?

La figura 2, muestra que el conocimiento del procedimiento de cadena de custodia en Ecuador es alto entre los encuestados, con una gran mayoría de ellos (78%) indicando que lo conocen "mucho" o "totalmente". Esto contrasta fuertemente con los porcentajes mucho menores de aquellos que tienen poco o nulo conocimiento.

Figura 2 Procedimiento de cadena de custodia.

Elaboración: Los autores.

 

 

3.- ¿Cuál es la forma de proceder del juzgador en caso de que se determine la vulneración a la cadena de custodia?

De acuerdo a la figura 3, La gran mayoría de los encuestados, con un 78%, cree que el juez debe excluir la prueba debido a que su vulneración la convierte en ilícita. Este porcentaje es significativamente más alto que las otras opciones, lo que sugiere una opinión mayoritaria en el grupo encuestado. Al detectarse una vulneración en la cadena de custodia, el juzgador debe excluir la prueba por su ilicitud. Esto se alinea con el principio del debido proceso, donde una prueba obtenida o manejada de forma indebida carece de validez legal. Los porcentajes de las otras opciones son muy bajos, lo que confirma la postura mayoritaria sobre la exclusión de la prueba.

 

 

 

 

 

 

 

Figura 3. Vulneración de la cadena de custodia.

Elaboración: Los autores.

 

DISCUSIÓN

En este orden de ideas, más allá de la revisión normativa respecto de la cadena de custodia –misma que es clara en su parte pertinente sobre su objeto–, en el presente estudio, se ha podido determinar a partir del criterio de expertos a nivel judicial y del libre ejercicio de la abogacía, sobre su importancia en la administración de justicia, frente a derechos fundamentales como el de la defensa, el debido proceso y la tutela judicial efectiva, entre otros que, por su naturaleza se relacionan con la cadena de custodia en el Ecuador.

En los delitos respecto de hidrocarburiferos y de contaminación ambiental, la Corte Constitucional, ha señalado que aplicar la cadena de custodia es de trascendental importancia en el proceso penal y establece que se relaciona con los derechos de las personas y colectividades que transitan o viven alrededor de unidades policiales en donde se almacenan productos de este tipo o sus derivados, ya que dichos materiales por su naturaleza resultan dañosos a nivel de salud e integridad. (Sentencia No. 66-15- JC/19, 2019).

Finalmente cobra vital importancia mencionar que, a nivel del derecho comparado, sostiene Calderón (2014) que las legislaciones de Argentina, Bolivia, Costa Rica, Paraguay, Chile, El Salvador, Honduras y República Dominicana no presentan normativas de carácter general en su ley procesal ni especial que hagan referencia al procedimiento de cadena de custodia, mientras que México, Perú, Nicaragua, Ecuador, Venezuela y Colombia, sí poseen normativas especiales para la cadena de custodia de los elementos de prueba, en el caso del primero con un mecanismo de protección y conservación de las evidencias; el segundo, con un reglamento especial que regula la cadena de custodia, y los restantes cuentan con un manual procedimental al respecto.

La cadena de custodia es una de las normas metodológicas fundamentales que se deben seguir. Garantizar la cadena de custodia asegura que las huellas y evidencias sean preservadas, documentadas y controladas desde el momento de su recolección hasta su análisis en el laboratorio forense. (Fernández Romo et al.2020).

 

CONCLUSIONES

Las reglas de la cadena de custodia guardan íntima relación con el debido proceso, pues se pretende salvaguardar la autenticidad de los indicios y vestigios objeto de la investigación penal, por que dicha garantía es un fundamental a nivel probatorio y es efectivamente las pruebas, las que materializan la infracción frente a la responsabilidad de la persona procesada.

 

FINANCIAMIENTO

No monetario.

 

AGRADECIMIENTO

A la Universidad Regional Autónoma de Los Andes, en el desarrollo de la investigación.

 

REFERENCIAS CONSULTADAS

Asamblea Nacional (2014). Código Orgánico Integral Penal. Registro Oficial Nº 180. Recuperado de https://url2.cl/53c6h

 

Asamblea Nacional Constituyente de la República del Ecuador, (2008). Constitución de la República del Ecuador. Montecristi. Registro Oficial 449 de 20-oct-2008. https://n9.cl/sia

 

Calderón, E. (2014). Un estudio comparado en Latinoamérica sobre la cadena de custodia de las evidencias en el proceso penal. Revista Facultad de Derecho y ciencias políticas, 14(121), 425-459. https://n9.cl/tkwdw

 

Corte Constitucional del Ecuador. (2019). Sentencia No. 66-15-JC/19. https://n9.cl/1icf1a

 

Corte Nacional de Justicia. (2012). Sentencia No. 1549-2012SP. https://n9.cl/tkoir

 

Corte Nacional de Justicia. (2018). Oficio 167-2018-P-CPJP. Absolución de consulta. https://n9.cl/jam6f

 

Dávila Newman, G. (2006). El razonamiento inductivo y deductivo dentro del proceso investigativo en ciencias experimentales y sociales. Laurus, 12(Ext), 180-205. https://n9.cl/nx847

 

Fernández Romo, R. Peña Aguirre, J., & Huertas Díaz, O. (2020). La inspección del lugar del hecho y la valoración legal de la huella o evidencia. Revista Logos Ciencia & Tecnología, 12(3), 115-127. https://doi.org/10.22335/rlct.v12i3.1253

 

Rodríguez, A., y Pérez, A. O. (2017). Métodos científicos de indagación y de construcción del conocimiento. Revista EAN, 82, 179-200. https://doi.org/10.21158/01208160.n82.2017.1647

Sistema Especializado Integral de Investigación Medicina Legal y Ciencias Forenses. (2011). Manual de Procedimientos Investigativos Fiscalía - Policía Judicial. https://n9.cl/oxozo

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

©2025 por los autores. Este artículo es de acceso abierto y distribuido según los términos y condiciones de la licencia Creative Commons Atribución-NoComercial-CompartirIgual 4.0 Internacional (CC BY-NC-SA 4.0) (https://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/4.0/).