DOI 10.35381/cm.v11i2.1749

 

 Vulneración a los derechos humanos en importación de insumos médicos para Covid 19

 

Human rights violations in the importation of medical supplies for COVID-19

 

Ricky Henry Vizcaíno-Bustos

ds.rickyhvb82@uniandes.edu.ec

Universidad Regional Autónoma de Los Andes; Santo Domingo; Santo Domingo de los Tsáchilas

Ecuador

 https://orcid.org/0009-0000-6953-3591

 

Yolanda Guissell Calva-Vega

us.yolandacalva@uniandes.edu.ec

Universidad Regional Autónoma de Los Andes; Santo Domingo; Santo Domingo de los Tsáchilas

Ecuador

https://orcid.org/0000-0002-9771-6181

 

Arnaiz Ned-Quevedo

us.nedquevedo@uniandes.edu.ec

Universidad Regional Autónoma de Los Andes; Santo Domingo; Santo Domingo de los Tsáchilas

Ecuador

https://orcid.org/0000-0003-3391-0572

 

 

Recibido: 20 de abril 2025

Revisado: 25 de mayo 2025

Aprobado: 15 de julio 2025

Publicado: 01 de agosto 2025

 

 

RESUMEN

El objetivo general del estudio fue analizar la vulneración a los derechos humanos en importación de insumos médicos para Covid 19. El presente trabajo investigativo se desarrolló desde un enfoque cuantitativo con una metodología descriptiva con diseño no experimental, la cual se apoya en el análisis documental – bibliográfico. Se fundamentó en la exploración metódica, rigurosa y profunda de material documental de trabajos científicos en el tema de estudio.   Asimismo, se utilizó el cuestionario y que luego de aplicar la formula estadística para poblaciones finitas dio como muestra 150 personas a encuestar en la Provincia de Santo Domingo de los Tsáchilas. Se concluye que, la emergencia sanitaria generada por la aparición del covid-19 sobre las importaciones de insumos médicos durante el confinamiento en el Ecuador se sitúan en la categoría de “muy graves”, los mismos afectaron el abastecimiento de los productos sanitarios vulnerando el derecho a la salud.

 

Descriptores: Derechos humanos; salud; pandemia. (Tesauro UNESCO)

 

 

ABSTRACT

The overall objective of the study was to analyze human rights violations in the importation of medical supplies for COVID-19. This research was conducted using a quantitative approach with a descriptive methodology and a non-experimental design, based on documentary and bibliographic analysis. It was based on the methodical, rigorous, and in-depth exploration of documentary material from scientific works on the subject of study.   A questionnaire was also used, and after applying the statistical formula for finite populations, a sample of 150 people to be surveyed in the Province of Santo Domingo de los Tsáchilas was obtained. It was concluded that the health emergency generated by the emergence of COVID-19 on imports of medical supplies during the lockdown in Ecuador falls into the “very serious” category, as it affected the supply of health products, violating the right to health.

 

Descriptors: Human rights; health; pandemic. (UNESCO Thesaurus)

 

 

 


INTRODUCCIÓN

La BBC (2020) señaló que durante la segunda semana del mes marzo de 2020 el número de contagiados en el Ecuador ascendió de manera descontrolada registrando más de 30 personas fallecidas a nivel nacional. En efecto, para evitar que la pandemia continuará afectando a otras ciudades del país, el Estado emitió una orden de confinamiento obligatorio en todo el país (desde las 14:00 horas y las 05:00 horas), estableciendo los protocolos de bioseguridad recomendados por la OMS para controlar la propagación comunitaria del virus.

Del mismo modo se suspendieron las actividades académicas en las diferentes instituciones educativas del país, así mismo, cesaron las actividades comerciales cerrando todo tipo de centros comerciales y espacios públicos que no entren en la categoría de indispensables. De acuerdo con la Secretaria General de Comunicación (2020), se restringió la entrada de pasajeros al Ecuador por cualquier vía (aérea, terrestre y marítima), incluso los ecuatorianos situados en otros países. Posteriormente, se declaró el estado de excepción en todo el territorio nacional, restringiendo todos los servicios públicos del Estado, salvo el sector salud, seguridad y los que sean necesarios para socavar las consecuencias generadas por la pandemia (BBC, 2020).

En este sentido, y debido a su amplia infraestructura portuaria, Guayaquil representa el principal centro económico del país. Según cifras oficiales de la Presidencia del Ecuador (2020), antes de la pandemia, la mencionada ciudad albergaba más del 80% de las importaciones y del 70% de las exportaciones del Ecuador. Razón por la cual, el Estado, en abril de 2020, anunció políticas que, aunque permitieron controlar la pandemia del Covid-19, limitaban el ingreso de insumos y materiales médicos en Guayaquil, Quito y el resto de las principales ciudades del país.

Según Pérez (2020), la Convención Americana sobre Derechos Humanos establece las garantías judiciales sobre los derechos fundamentales del hombre, así como la prohibición de la esclavitud o cualquier forma de maltrato o trabajo forzoso. Es importante destacar que, debido a la creciente tasa de despidos registrada, se evidenciaron múltiples casos de maltrato al trabajador. Un hecho que tuvo relación estrecha con el alza de los precios de los productos e insumos médicos.

De acuerdo a la Constitución de la República del Ecuador (2008) el Estado está obligado a cumplir y velar por los pactos internacionales a los cuales se encuentra suscrito, por lo tanto, en su artículo 84 establece que “…todo órgano con potestad normativa tendrá la obligación de adecuar, formal y materialmente, las leyes y demás normas jurídicas a los derechos previstos en la Constitución y los tratados internacionales, y los que sean necesarios para garantizar la dignidad del ser humano o de las comunidades, pueblos y nacionalidades”.

De manera que el Estado debe garantizar, a través de su ordenamiento jurídico, los derechos humanos de los ecuatorianos, esto incluye decretos y medidas unilaterales en caso de emergencias. A su vez, la Constitución de la República en su artículo 424 señala de forma explícita que “La Constitución y los tratados internacionales de derechos humanos ratificados por el Estado que reconozcan derechos más favorables a los contenidos en la Constitución, prevalecerán sobre cualquier otra norma jurídica o acto del poder público”. Entendiendo que la emergencia sanitaria y sus efectos sobre las importaciones representan no solo un problema económico, también derivan en una vulneración de la dignidad humana del pueblo ecuatoriano.

En virtud de esto se estableció la Resolución No. 004-2020 – COMEX (2020), una orden que exhorta a los Operadores de Comercio Exterior y a los empleados públicos del Servicio Nacional de Aduanas del Ecuador (SENAE) a implementar una tarifa arancelaria temporal de 0%, la cual corresponde a los impuestos nacionales establecidos sobre la compra y venta de insumos y materiales médicos para el sector salud de la nación. Así mismo, mediante dicha resolución y a través del INEN y la Agencia Nacional de Regulación, Control y Vigilancia Sanitaria (ARCSA) se aprobó una serie de permisos para los productos e insumos médicos importados logren llegar de manera inmediata a los distintos hospitales y clínicas hospitalarias del Ecuador, colocando a cargo al SENAE como principal responsable de su aplicación (SENAE, 2020).

Esta medida entró en vigor el 22 de marzo del 2020 y se mantendría hasta la finalización del estado de emergencia sanitaria suscitado por la pandemia del covid-19. Esto de conformidad con el artículo 112 del Código Orgánico de Producción, Comercio e Inversión (2010), el cual establece que “La normativa aplicable para el cumplimiento de la obligación tributaria aduanera es la vigente a la fecha de aceptación de la declaración aduanera.

De acuerdo con informes oficiales de la Dirección General de Registro Civil, Identificación y Cedulación del Ecuador (2020) durante el mismo periodo de tiempo se registraron 52.602 defunciones del registro civil. Evidentemente un mayor número de decesos que los que el ejecutivo nacional había reportado hasta la fecha.

Es importante señalar que la responsabilidad que poseen los funcionaros públicos es de carácter administrativa, civil y penal, por lo tanto, cualquier decisión que vulnere los principios humanos de la vida y la salud consagrados en la Declaración Universal de los Derechos Humanos será reconocida como un delito de lesa humanidad.

Se plantea como objetivo general del estudio analizar la vulneración a los derechos humanos en importación de insumos médicos para Covid 19.

 

MÉTODO

El presente trabajo investigativo se desarrolla desde un enfoque cuantitativo con una metodología descriptiva con diseño no experimental, la cual se apoya en el análisis documental – bibliográfico. Se fundamenta en la exploración metódica, rigurosa y profunda de material documental de trabajos científicos en el tema de estudio. (Palella y Martins, 2012).  Asimismo, se utiliza el cuestionario y que luego de aplicar la formula estadística para poblaciones finitas dio como muestra 150 personas a encuestar en la Provincia de Santo Domingo de los Tsáchilas.

 

RESULTADOS

Este apartado detalla los resultados derivados de la implementación del método propuesto (Figura 1).

1.            Con relación a la primera pregunta en la presente encuesta que se realiza para saber si existía un déficit de insumos médicos en el Ecuador para enfrentar la crisis sanitaria el 100% de los encuestados consideran que si existió un déficit de dichos insumos.

2.            En la segunda pregunta se conoció si los encuestados creían que por la pandemia se limitaron la importación de insumos médicos al país lo que un 100% manifestaron que sí.

3.            En la tercera pregunta misma que se realizó para conocer si los encuestados estaban de acuerdo en que la baja al 0% de los aranceles de importación de insumos médicos provocó una crisis económica el 89% manifestó que si y un 11% dijo que no.

4.            En la cuarta pregunta se busca saber si los encuetados conocían los efectos ocasionados por la pandemia y que tan graves obteniendo como resultado que el 50% de los encuestados dijeron que eran muy grave un 45% grave y un 5% leves.

5.            En la quinta pregunta se realiza para determinar si las personas creen que hubo vulneración de los derechos humano al limitar el acceso a los insumos médicos lo que un 97% manifestó que si y un 3% manifestó que no.

6.            En la sexta pregunta se realizado para determinar si las personas creen si necesario la apertura de un mercado paralelo de venta de insumos médicos fueron ocasionadas por las medidas adoptadas por el gobierno a lo que un 100% de los encuestados dijeron que sí.

7.            En la séptima pregunta se realizó para saber si la decisión tomada por el gobierno de bajar los aranceles de importaciones de insumos médicos al 0% acertadas o no y se obtuvo como resultado que el 40% creen que la medida fue acertada y un 60% manifiestan que las medidas fueron poco acertadas.

8.            En la octava y última pregunta se estableció para saber cómo los encuestados calificaban las medidas aplicadas en la pandemia por el covid-2019 a los que un 57% las califico como muy graves un 50% las califico como muy graves, el 40% como graves el 7% como regulares y un 3% como mínimas.

 

 

Figura 1. Encuesta sobre la Vulneración de Derechos de COVID 19.

Elaboración: Los autores.

 

 

DISCUSIÓN

Los resultados obtenidos en la presente investigación con en el trabajo de campo realizado demostró que existieron varios factores que afectaron las medidas implementadas para combatir el desabastecimiento de insumos médicos en el país por la pandemia Covid-2019, mismos que se encuentran reflejados en el gráfico estadístico, en donde se dio a conocer sobre la vulneración de los derechos en el Tratamiento de insumos médicos en la Emergencia sanitaria por en el Ecuador. De esta encuesta realizada se concluyó preguntas sobre si existía déficit en insumos médicos, como la limitación de importaciones, limitación al acceso de insumo médicos y mercados paralelos de venta de insumos médicos tomadas por el Gobierno ecuatoriano.

Como resultado de ello, estas políticas económicas dictadas por el Gobierno ecuatoriano limitaron la distribución y comercialización de insumos de medicamentos e insumos básicos, el cual no hubo regulación y control de los precios de estos, así como también se evidencio la falta de control de quienes podrían importar estos insumos ocasionando que muchos comerciantes informales comercializaron insumos médicos a costos muy elevados, impidiendo así que las personas los puedan adquirir de manera oportuna.

No obstante, mediante la encuesta realizada a las personas de la Provincia de Santo Domingo de los Tsáchilas, se mostró que la falta de una correcta aplicación de las políticas económicas sanitarias en la Emergencia por Covid-19 en la población, han sido afectadas por las disposiciones establecidas por el gobierno de Lenin Moreno.

El impacto que ha tenido el covid-19 sobre el sector hospitalario también ha afectado a los derechos humanos, de acuerdo con las Naciones Unidas todos los derechos humanos son indivisibles e interrelacionados, esto significa que la salud y los derechos fundamentales están inexorablemente entrelazados. Estas interconexiones son evidentes en cómo los ingresos, la edad y la discapacidad están siendo determinantes tanto en la morbilidad y mortalidad de las personas.

 

Según Forman y Kohler (2020) las normas internacionales con respecto al derecho a la salud tienen una importancia particular para la atención y las respuestas efectivas durante una crisis, especialmente dentro una pandemia. Según el Plan Toda una Vida (2020) el derecho a la salud también sugiere mitigar los impactos negativos de las infecciones por covid-19 en poblaciones vulnerables (como mujeres, niños, ancianos, personas con discapacidades y privados de libertad) y mitigar el impacto de respuestas políticas más amplias sobre alimentos, agua y saneamiento.

En resumen, la pandemia ha obligado al Ecuador a generar medidas legales y políticas prácticamente sin precedentes para controlar su propagación, que han restringido considerablemente los derechos a la libre circulación, la privacidad y la actividad económica, especialmente los procesos de importación de insumos médicos. Sin embargo, según la Secretaria Técnica del Plan Toda una Vida (2020) muchas de estas medidas son temporales, proporcionadas, necesarias y no discriminatorias, como la Constitución.

Por su parte los derechos humanos continúan ofreciendo estándares, principios y reglas que fomentan la igualdad y benefician a los sectores más vulnerables mediante las leyes, políticas y prácticas relacionadas con el virus, ofreciendo garantías fundamentales. Pese a las medidas arancelarias del Estado es posible que se deban rediseñar los parámetros y proporcionalidad en el caso del acceso a los insumos médicos y derechos al servicio de la salud pública. Del mismo modo, es posible que también se necesite reforzar las reglas y estándares relativamente subestimados hasta ahora dentro del derecho internacional de los derechos humanos que promueven la solidaridad global.

 

CONCLUSIONES

La emergencia sanitaria generada por la aparición del covid-19 sobre las importaciones de insumos médicos durante el confinamiento en el Ecuador se sitúan en la categoría de “muy graves”, los mismos afectaron el abastecimiento de los productos sanitarios vulnerando el derecho a la salud consagrado en el artículo 32 de la Constitución.

 

FINANCIAMIENTO

No monetario.

 

AGRADECIMIENTO

A la Universidad Regional Autónoma de Los Andes, en el desarrollo de la investigación.

 

REFERENCIAS CONSULTADAS

Asamblea Nacional Constituyente de la República del Ecuador, (2008). Constitución de la República del Ecuador. Montecristi. Registro Oficial 449 de 20-oct-2008. https://n9.cl/sia

 

BBC. (2020). Coronavirus en Ecuador: la tragedia de las familias de Guayaquil que no encuentran a sus muertos. https://n9.cl/zdlbz

 

Código Orgánico de la Producción, Comercio e Importación. (2010). Registro Oficial Suplemento 351 de 29-dic.-2010. Última modificación: 21-ago.- 2018. Quito: Lexis Finder. https://n9.cl/d492u

 

Dirección General de Registro Civil, Identificación y Cedulación. (2020). Defunciones 2020 enero-agosto. https://n9.cl/b3xwa

 

Forman, L., & Kohler, J. (2020). Salud global y derechos humanos en tiempos de COVID-19: respuesta, restricciones y legitimidad. Revista de Derechos Humanos,19; 547-556. https://doi.org/10.1080/14754835.2020. 1818556

 

Palella-Stracuzzi, S. y Martins-Pestana, F. (2012). Metodología de la investigación cuantitativa. Fondo editorial de la Universidad Pedagógica Libertador. Caracas, Venezuela.

Pérez, M. A. (septiembre de 2020). El trabajo en el Ecuador tras seis meses de covid-19. INREDH. https://n9.cl/opu5n

 

Presidencia del Ecuador. (2020). Evaluación socioeconómica PDNA covid-19 Ecuador. https://n9.cl/vsr7a

 

Secretaría General de Comunicación. (2020). El presidente Lenin Moreno decreta Estado de Excepción para evitar la propagación del COVID-19. https://n9.cl/tloo

 

Secretaria Técnica del Plan Toda una Vida. (2020). Evaluación Socioeconómica: PDNA Covid-19. Quito. https://n9.cl/wc64ru

 

SENAE. (2020). SENAE implementa la tarifa arancelaria 0% a insumos necesarios para atender la emergencia sanitaria en el Ecuador. https://n9.cl/suf94

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

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