DOI 10.35381/cm.v11i3.1978

 

Código Ambiental para la ampliación de recursos económicos destinados al páramo "El Voladero"

 

Environmental Code for the expansion of economic resources allocated to the “El Voladero” moorland.

 

Ronald Patricio Herrera-Paguay

dt.ronaldphp14@uniandes.edu.ec

Universidad Regional Autónoma de Los Andes, Tulcán, Carchi

Ecuador

https://orcid.org/0009-0004-7299-5569

 

 

Rene Estalin Portilla-Paguay

ut.reneportilla@uniandes.edu.ec

Universidad Regional Autónoma de Los Andes, Tulcán, Carchi

Ecuador

https://orcid.org/0000-0001-6262-9750

 

 

Recibido: 25 de junio 2025

Revisado: 30 de julio 2025

Aprobado: 15 de septiembre 2025

Publicado: 01 de octubre 2025

 

 


 

RESUMEN

El objetivo general del estudio fue analizar el Código Ambiental para la ampliación de recursos económicos destinados al páramo "El Voladero". Se utilizó el método cuantitativo, apoyándose en la revisión documental-bibliográfica. Además, se aplicó el método inductivo-deductivo, y método analítico. Como técnicas se empleó la encuesta realizada a 40 individuos que conforman la comunidad tulcaneña, compuesto por 7 preguntas de respuesta aleatoria. Se concluye que, la ampliación a los recursos económicos destinados para la conservación y mantenimiento del páramo “El Voladero”, son necesarios ya que se evidencia que al limitarse dichos recursos se incurriría en la vulneración de derechos que la naturaleza tiene como sujeto de derechos, debiendo estos ser respetados y garantizados por toda la sociedad.

 

Descriptores: Ambiente; derecho a la calidad ambiental; conservación de la naturaleza. (Tesauro UNESCO)

 

 

ABSTRACT

The overall objective of the study was to analyze the Environmental Code for the expansion of economic resources allocated to the “El Voladero” moorland. A quantitative method was used, based on a review of documents and bibliography. In addition, inductive-deductive and analytical methods were applied. The techniques used included a survey of 40 individuals from the Tulcán community, consisting of seven questions with random answers. It was concluded that the expansion of economic resources allocated to the conservation and maintenance of the “El Voladero” páramo is necessary, as it is evident that limiting these resources would violate the rights that nature has as a subject of rights, which must be respected and guaranteed by society as a whole.

 

Descriptors: Environment; right to environmental quality; nature conservation. (UNESCO Thesaurus)

 

 

 


INTRODUCCIÓN

El páramo conocido como “El Voladero”, en sus dimensiones de ecosistema y paisaje cultural. Se aborda lo que ha sido su manejo y aprovechamiento estatal ya sea en actividades agro-productivas, pecuarias y económicas, y el análisis histórico de las políticas agrarias que se han generado a través de los años y la influencia de ellas en la situación actual del páramo.

Esta situación deja en evidencia la importancia de los páramos como valor ambiental, tanto en términos legales, ambientales y económicos, como de las funciones que desempeña. Estos elementos analizan las iniciativas y acciones de manejo y protección de áreas silvestres tomadas por el Estado ecuatoriano con respecto a los diversos ecosistemas, así como la importancia de los recursos financieros puestos a disposición por las autoridades nacionales y locales para el desarrollo de políticas alternativas de conservación y uso sustentable de los páramos ecuatorianos.

La constitución, los tratados internacionales y las leyes garantizan los derechos fundamentales a la diversidad biológica. El Estado debe respetar estos derechos y la sociedad tiene la obligación de exigirlos. En tal sentido, el gobierno y Estado ecuatoriano en las últimas décadas han mostrado interés en el tema medioambiental, en consecuencia, han desplegado un conjunto de políticas, acciones y normativas en la consecución de la protección del ecosistema. (Pineda Reyes, & Vilela Pincay,2020, p.218).

En tal sentido, el derecho ambiental consiste en leyes y principios ambientales que tienen como objetivo proteger todos los elementos que componen la naturaleza y están sujetos a derecho. Los actos normativos creados regulan la interacción entre el hombre y la naturaleza y garantizan la protección de la naturaleza mediante la aplicación de las leyes.

Además, los derechos naturales están reconocidos en la Norma Suprema, esto es la Constitución. Como parte de los derechos naturales, esta norma jurídica busca directa e indirectamente proteger la naturaleza. El medio ambiente, los recursos naturales, los ecosistemas frágiles y la diversidad ecológica están estrechamente relacionados con otros derechos que pertenecen a todas las personas, independientemente de su raza, cultura, ideología o condición social.

El concepto de buen vivir, que consta de varios derechos constitucionales, es imperativo y se deriva de la sabiduría ancestral de los pueblos indígenas que viven en armonía con la naturaleza esto es convivencia, desarrollo social y vida digna, en la Constitución del 2008 se encuentra consagrado el sumak kawsay a partir del Art.- 12, estos derechos buscan el desarrollo de la sociedad y vivir en armonía con dignidad mediante la convivencia entre la naturaleza y las personas (Martínez, 2020).

Para los autores Quispe-Moreno et al. (2023):

 

La riqueza natural que posee nuestro estado mega biodiverso lo ha ubicado en una encrucijada de elegir entre: defensivo y conservando sus fuentes, preocupándose por la Pachamama por el destino de las generaciones y de la humanidad en su conjunto. (p.178).

 

Por otro lado, los derechos de la naturaleza establecidos en la Constitución reconocen a la naturaleza y seres humanos en condiciones de igualdad, la ley fundamental es la primera normativa legal que reconoce los derechos de la naturaleza, al ser una ley garantista de derechos promueve acciones encaminadas a la protección y la tutela efectiva de la naturaleza. El Estado ha establecido diversas normativas legales que garantice su defensa.

En tese sentido, Vernaza Arroyo, & Cutié Mustelier. (2022) destacan que:

 

Los referidos derechos de la naturaleza se proyectan a partir de un núcleo principal ecológico, en el que se enuncian dos vértices: uno, relativo al ambiente, que implica lo existencial; y otro, referido a la biodiversidad y a los recursos naturales. (p.287).

 

Con ello se determina la problemática, la cual se basa en los recursos económicos que brinda el Estado para la conservación de los paramos en este caso de manera específica el páramo “El Voladero”, ya que es importante destacar que de manera general, la intervención del Estado respecto a los páramos, se han dado en tres direcciones (no siempre inter articuladas): en primer lugar tendríamos las actuaciones directas, fundamentalmente a través de la conformación de reservas  ecológicas estatales en zonas con importantes superficies de páramo, y por otro lado las políticas enfocadas al tema de los páramos, a través de la generación de incentivos económicos para la conservación y la adopción formal de políticas públicas específicas, demostrándolo a través de información proporcionada de trabajadores que mantienen la conservación de estas áreas importantes, además de información que será obtenida por autoridades locales de la provincia del Carchi.

Por ello, los movimientos de justicia ambiental, pese a sus diferencias con otros movimientos ambientalistas, hoy en día se encuentran más articulados en la lucha por corregir las inequidades e injusticias sociales. (Moncada Prieto, & López Cortés,2021, p.233).

Se plantea como objetivo general del estudio analizar el Código Ambiental para la ampliación de recursos económicos destinados al páramo "El Voladero"

 

MÉTODO

La presente investigación utiliza el método cuantitativo el cual produce datos descriptivos, que se originan por la recolección de datos. Apoyado en la revisión documental-bibliográfica.  Además, se aplica el método inductivo-deductivo, el cual sugiere que para encontrar una verdad se deben buscar los hechos y no basarse en meras especulaciones, además de partir de afirmaciones generales para llegar la específicas (Dávila, 2006). Se plantea además el método analítico-sintético por medio del cual, se descompone un todo en partes extrayendo cualidades, componentes, relaciones y más para posteriormente unir las partes analizadas y con ello descubrir características y relaciones entre los elementos (Rodríguez y Pérez, 2017). Como técnicas se emplea la encuesta realizada a 40 individuos que conforman la comunidad tulcaneña, compuesto por 7 preguntas de respuesta aleatoria.

 

RESULTADOS

A continuación, se indicará el resultado obtenido de las encuestas realizadas a 40 individuos que conforman la comunidad tulcaneña.

De las respuestas recibidas se puede observar en la tabla 1, que un 88% de los ciudadanos tulcaneños manifiestan que, si conocen que la naturaleza es considerada como sujeto de derechos reconocida en la Constitución de la República del Ecuador, frente al 12% restante que desconocen de la misma.

 

Tabla 1

La naturaleza como sujeto de derecho.

 

 

Pregunta:

¿Usted conoce si la naturaleza es considerada como sujeto de derechos reconocida en la Constitución de la República del Ecuador?

Alternativa

Frecuencia

Porcentaje

Si

35

88%

No

5

12%

Total

40

100%

 

Elaboración: Los autores.

 

De acuerdo con los resultados y observados en la tabla 2, el 65% de los ciudadanos, aseguran que conocen que los páramos son reconocidos como zonas protegidas dentro de la legislación de nuestro país Ecuador, mientras que el 35% restante no tiene conocimiento de este reconocimiento.

 

Tabla 2.

Los páramos zonas protegidas.

 

Pregunta:

¿Conoce usted si los páramos son reconocidos como zonas protegidas?

Alternativa

Frecuencia

Porcentaje

Si

26

65%

No

12

35%

Total

40

100%

 

Elaboración: Los autores.

 

En la tabla 3, se aprecia que el 40% de los encuestados manifiestan que tienen conocimiento que el Estado Ecuatoriano, proporciona recursos económicos a las áreas protegidas en este caso los páramos para su conservación y mantenimiento, mientras que un 60% restante asegura que no.

 

Tabla 3.

Recursos económicos. Los páramos zonas protegidas.

 

Pregunta:

¿Conoce usted si el Estado Ecuatoriano brinda recursos económicos para el mantenimiento y conservación de los páramos?

Alternativa

Frecuencia

Porcentaje

Si

16

40%

No

24

60%

Total

40

100%

 

Elaboración: Los autores.

 

De acuerdo con la tabla 4, el 80% de los encuestados, consideran que la normativa vigente en la legislación ecuatoriana brinda una garantía para el ejercicio pleno de los derechos que se le ha generado a la naturaleza, para su preservación y cuidado, por otra parte, la minoría de los encuestados, esto es, es el 20%, menciona que no cree que exista una normativa adecuada para que se garantice el ejercicio de los derechos reconocidos en la Constitución, para la naturaleza.

 

Tabla 4.

La normativa brinda garantías.

 

Pregunta:

¿Cree usted que la normativa brinda una garantía para el ejercicio pleno de los derechos de la naturaleza?

Alternativa

Frecuencia

Porcentaje

Si

32

80%

No

8

20%

Total

40

100%

 

Elaboración: Los autores.

 

De acuerdo con la tabla 5, un 27% de los ciudadanos responden afirmativamente, donde en referencia al artículo 37 del Código Orgánico del Ambiente, determinan una asignación de recursos que ayuda a la protección total de los páramos, frente al 73% restante que asegura que el mencionado articulado no genera la protección total, en base a los recursos económicos proporcionados por parte del Estado.

 

Tabla 5

El articulado del Código Orgánico del Ambiente.

 

Pregunta:

En referencia al artículo 37 del Código Orgánico del Ambiente, donde se determina la asignación de recursos económicos para las zonas protegidas, ¿Cree usted que dicho articulado genera protección total a los páramos?

Alternativa

Frecuencia

Porcentaje

Si

11

27%

No

29

73%

Total

40

100%

 

Elaboración: Los autores.

 

 

Se observa en la tabla 6, que el 88% de los ciudadanos encuestados manifiestan que sí, que se consideraría vulnerados varios derechos reconocidos en la CRE, al no tener suficientes recursos económicos destinados a la naturaleza, mientras que el 12% restante asegura que no existiría dicha afectación en sus derechos, en base a una problemática económica.

 

Tabla 6.

Vulneración de los derechos.

 

Pregunta:

¿Usted cree que al no tener suficientes recursos económicos se vulneraría los derechos reconocidos en la CRE hacia la naturaleza?

Alternativa

Frecuencia

Porcentaje

Si

35

88%

No

5

12%

Total

40

100%

 

Elaboración: Los autores.

 

DISCUSIÓN

Es fundamental que la naturaleza deba ser considerada como sujeto de derechos, porque le da más importancia al medio ambiente para la supervivencia humana, de modo que tenga un ambiente ideal que garantice el desarrollo de todas las actividades humanas. Ahora bien, el PAN-Páramos, al ser un Plan de Acción Nacional, compromete la coordinación y formulación de instituciones directamente relacionadas con los páramos. Esto significa que el páramo cuenta con un presupuesto actual estatal, autonómico, privado, cooperativo o de otro tipo que afecte directa o indirectamente a los principales actores de Páramos, esté incluido en la administración o será administrado, el programa entra en la categoría temática de financiamiento del programa, conocido como el fondo para el desarrollo sostenible, es decir, que no sólo puede movilizar recursos para sus actividades con base en criterios financieros, sino también ambientales, sociales y productivos (Plan de Acción Nacional para la conservación, restauración y uso sostenible de los Paramos, 2023).

En tal sentido, el Ingeniero Ambiental Lozano, profesor e investigador además de funcionario del Ministerio del Ambiente, Agua y Transición Ecológica, manifiesta acerca de la economía para la conservación de los páramos: El mecanismo de protección, restauración y manejo sustentable del ecosistema del Páramo son los incentivos ambientales. También son de interés para las empresas privadas, ya que los beneficios medioambientales resultan atractivos para los consumidores que buscan productos con este valor añadido. La aplicación de tales incentivos y compensaciones requiere legislación y regulaciones que alienten, faciliten y permitan su implementación. Una de las mayores oportunidades en la gestión financiera son las propiedades del agua. (Lozano, 2021).

Al respecto, la pertinencia de reforma al Código Orgánico del Ambiente en base a que se permita ampliar la adjudicación de recursos económicos destinados específicamente al páramo “El Voladero” de la provincia del Carchi, se evidencia de manera directa que existen vulneraciones hacia la naturaleza como sujeto de derechos, evidenciándose las limitaciones existentes para el correcto mantenimiento y conservación de estas zonas protegidas, dejando en evidencia que si no existe educación ambiental y conocimiento propio de las necesidades a resolverse o satisfacerse estaríamos incurriendo en que siga existiendo falta de compromiso y respeto a esta parte tan importante de la sociedad, la naturaleza.

 

CONCLUSIONES

La ampliación a los recursos económicos destinados para la conservación y mantenimiento del páramo “El Voladero”, son necesarios ya que se evidencia que al limitarse dichos recursos se incurriría en la vulneración de derechos que la naturaleza tiene como sujeto de derechos, debiendo estos ser respetados y garantizados por toda la sociedad.

FINANCIAMIENTO

No monetario.

 

AGRADECIMIENTO

A la Universidad Regional Autónoma de Los Andes, en el desarrollo de la investigación.

 

REFERENCIAS CONSULTADAS

Asamblea Constituyente. (2017). Código Orgánico del Ambiente. Ley 0 Registro Oficial Suplemento 983 de 12-abr.-2017.Estado: Vigente. https://n9.cl/jlabp

 

Dávila Newman, G. (2006). El razonamiento inductivo y deductivo dentro del proceso investigativo en ciencias experimentales y sociales. Laurus, 12(Ext),180-205. https://n9.cl/nx847

 

Lozano, P., Armas, A., & Machado, V. (2016). Estrategias para la conservación del ecosistema páramo en Pulinguí San Pablo y Chorrera Mirador, Ecuador. Enfoque UTE, 7(4), 55-70. https://doi.org/10.29019/enfoqueute.v7n4.114

 

Martínez, A. (2020). El nuevo marco jurídico en materia ambiental en Ecuador. Estudio sobre    el    Código    Orgánico    del    Ambiente. Actualidad Jurídica Ambiental, 89;1-32. https://n9.cl/knpdz

 

Ministerio de Ambiente, Agua y Transición Ecológica. (2023). Plan de Acción Nacional para la conservación, restauración y uso sostenible de los Paramos. https://n9.cl/9ly1kv

 

Moncada Prieto, V., & López Cortés, O. (2021). Justicia ambiental y jurisprudencia constitucional: El caso de las desigualdades ambientales en el Páramo de Pisba. Estudios constitucionales, 19(2), 228-259. https://dx.doi.org/10.4067/S0718-52002021000200228

 

Pineda Reyes, C., & Vilela Pincay, W. (2020). La naturaleza como sujeto de derecho en el ordenamiento jurídico ecuatoriano. Revista Universidad y Sociedad, 12(1), 217-224. https://n9.cl/b0jzd

 

Quispe-Moreno, A., Rojas-Luján, V., Yache-Cuenca, E., & Recalde-Gracey, A. (2023). Legislación ambiental y aprovechamiento de recursos naturales en la Bahía de Chimbote, Perú. Iustitia Socialis. Revista Arbitrada de Ciencias Jurídicas y Criminalísticas, 8(Supl. 2), 136-147. https://doi.org/10.35381/racji.v8i2.2902

 

Rodríguez, A. y Pérez, A. O. (2017). Métodos científicos de indagación y de construcción del conocimiento. Revista EAN, 82,179-200. https://doi.org/10.21158/01208160.n82.2017.1647

 

Vernaza Arroyo, G., & Cutié Mustelier, D. (2022). Los derechos de la naturaleza desde la mirada de los jueces en Ecuador. Revista IUS, 16(49), 285-311. https://doi.org/10.35487/rius.v16i49.2022.760

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

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