DOI 10.35381/cm.v12i2.2160

 

Consecuencias legales sobre las implicaciones diplomáticas en derechos y tratados internacionales de Ecuador sobre México

 

Legal Consequences of the Diplomatic Implications of Ecuador's International Rights and Treaties Regarding Mexico

 

Jhonny Cuji-Buñay

Jhonycuji3999@gmail.com

Universidad Regional Autónoma de Los Andes; Ambato, Tungurahua

Ecuador

https://orcid.org/0009-0000-8234-1826

 

Nicolas Aldaz-Arias

aldaznicolas18@gmail.com

Universidad Regional Autónoma de Los Andes; Ambato, Tungurahua

Ecuador

https://orcid.org/0009-0001-4892-4574

 

Michell Stefannya Zurita-Delgado

Ur.michellzd90@uniandes.edu.ec

Universidad Regional Autónoma de Los Andes; Ambato, Tungurahua

Ecuador

https://orcid.org/0009-0007-2162-4591

 

 

Recepción: 15 de diciembre 2025

Revisado: 26 de febrero 2026

Aprobación: 15 de marzo 2026

Publicado: 01 de abril 2026

 


 

RESUMEN

El objetivo general de esta investigación fue analizar fue analizar las principales consecuencias legales que surgieron de las implicaciones diplomáticas en el marco de los derechos y tratados internacionales, a partir de la controversial crisis diplomática entre Ecuador y México. Metodológicamente se trabajó con un enfoque cualitativo y descriptivo. En lo descriptivo, se centró en detallar qué ocurrió el 22 de enero de 2021, cuando se dio la invasión de la embajada mexicana en Quito, Ecuador. Los resultados encontrados reflejaron que la invasión de las fuerzas armadas a la embajada mexicana por parte de Ecuador el 5 de abril de 2024, marco un grave antecedente en las relaciones diplomáticas internacionales. Este acto no solo impuso una violación de los tratados diplomáticos sino también sus garantías. En conclusión, hay que respetar los consulados en cada país, así se llevará una estable relación política siempre priorizando y beneficiando a la ciudadanía.

 

Descriptores: Relaciones internacionales; derecho internacional; derechos humanos; tratado internacional; diplomacia. (Tesauro UNESCO).

 

 

ABSTRACT

The overall objective of this research was to analyze the main legal consequences arising from the diplomatic implications within the framework of international law and treaties, based on the controversial diplomatic crisis between Ecuador and Mexico. Methodologically, a qualitative and descriptive approach was employed. In the descriptive phase, the study focused on detailing what occurred on January 22, 2021, when the Mexican embassy in Quito, Ecuador, was stormed. The findings revealed that Ecuador’s storming of the Mexican embassy by its armed forces on April 5, 2024, set a grave precedent in international diplomatic relations. This act not only constituted a violation of diplomatic treaties but also of the guarantees they entail. In conclusion, consulates in every country must be respected; this will foster stable political relations that consistently prioritize and benefit the public.

 

Descriptors: International relations; international law; human rights; international treaty; diplomacy. (UNESCO Thesaurus).

 

 


INTRODUCCIÓN

Según Ruiz Carmen Roció García: La paz es una excepción. Desde tiempos antiguos la guerra ha estado presente en la convivencia internacional. Las reglas de derecho internacional son creadas por los estados para los estados (salvo en contadas excepciones) con el objeto de regular su convivencia, de solucionar sus divergencias. Cuando son violadas, el conflicto se desata. El derecho diplomático es, como definía Phillippe Cahier, la manera de conducir los asuntos exteriores de un sujeto de derecho internacional utilizando medios pacíficos y principalmente la negociación. La embajada es un instrumento fundamental para la conducción de las relaciones entre los estados. Supone el desplazamiento a otro Estado de una misión encargado por el embajador que se establece en una porción muy pequeña del territorio del Estado receptor y prácticamente a su merced en lo que a seguridad se refiere (Ruiz, 2024).

Y se permanece cuando las relaciones entre los estados son complicados y hostiles, cuando el entendimiento es prácticamente inexistente, incluso en el trascurso de un conflicto armado entre ellos, cual último hilo del que cuelga la posibilidad de una convivencia en paz. Históricamente, los países han establecido unas normas de respeto mutuo sobre las que se ha forjado la confianza de quienes, en cumplimiento de los deberes para con su país, asumen la precariedad de su posición en un Estado ajeno. La máxima sobre la que esta confianza se asienta es la inviolabilidad de las misiones diplomáticas, es decir, la imposibilidad de penetrar en ellas por los agentes del Estado receptor sin consentimiento del jefe de la misión (Ruiz, 2024).

Menciona La UTEG: Que México ha realizado lo propio, luego de atravesar una agresión e irrupción de su Embajada por parte del Gobierno de Ecuador, esto, al haberse intervenido con personal de elite policial y militar al territorio perteneciente a la Embajada Mexicana, se dibujaría como acción violatoria de rompimiento de las normas de paz de los países, en este caso se falta al Art. 22 de la Convenio de Viena sobre Relaciones Diplomáticas, que indica (UTEG, 2024).

Los locales de la misión son inviolables. Las fuerzas del Estado receptor no podrán penetrar en ellos sin consentimiento del jefe de la misión”; así mismo se falta a la obligación que tienen los Estados, al incumplir el “Convención sobre Asilo Diplomático de 1954”, respetando en su integridad toda si distribución en cuanto a la violación de su soberanía y rompimiento del marco legal Internacional; a la cual acompañan otros tratados como Convención de Viena sobre Relaciones Consulares de 1965; Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados; “Declaración sobre la inviolabilidad de las sedes diplomáticas como principio de las relaciones internacionales y su lazo con la figura del asilo diplomático” del 2022, que señala.

Explica Ramírez Manuel Becerra: El gobierno mexicano dio asilo diplomático al político ecuatoriano Jorge Glas, que había sido vicepresidente durante el gobierno de Rafael Correa (2007 a 2017) y que se encontraba en la Embajada Mexicana en Quito desde diciembre de 2023. El 5 de abril, el gobierno del actual presidente de Ecuador, Daniel Noboa, dictó que la fuerza pública invadiera la casa de la Embajada

mexicana y qué con abrupta violencia, inclusive contra el personal diplomático mexicano, apresaran a Jorge Glas, sustrayéndolo de la Embajada. La acción del gobierno de Daniel Noboa es a todas luces violatoria del derecho internacional y fue condenada por prácticamente toda la comunidad internacional (Ramírez, 2024).

Según Palacios Palmira Tapia; La irrupción de la embajada mexicana en Quito del pasado 5 de abril de 2024 constituye un episodio en la historia diplomática de nuestro país, del que conviene tener en consideración los siguientes elementos. Más que un acto espontáneo, el evento tiene sus antecedentes meses atrás, en cuyo centro está la figura de Jorge Glas, exvicepresidente ecuatoriano durante el mandato de Rafael Correa, quien buscó resguardo en la embajada mexicana, con el argumento de persecución política. Irónicamente, el mismo argumento con el que Ecuador dio asilo diplomático a Julián Assange, en 2012 (Palacios, 2024).

El momento más crítico de la cadena de desencuentros entre México y Ecuador es, sin duda, la irrupción de las fuerzas policiales ecuatorianas a la embajada mexicana. Por sí solo, este hecho constituye un claro hostigamiento a la embajada y una flagrante violación a la Convención de Viena sobre relaciones diplomáticas. Para agregar notoriedad al evento, cabe tomar en cuenta que, en la historia de México, es la primera vez que la Secretaría de Relaciones Exteriores se ha visto en la necesidad de evacuar a todo el cuerpo diplomático y a sus familias como medida precautoria (Palacios, 2024).

Dice la Revista France: Que la OEA instó a ambos países a platicar y tomar medidas inmediatas para resolver la controversia de manera constructiva, subrayando la importancia del respeto a las obligaciones internacionales en la Convención de Viena. En cuanto al futuro de las relaciones entre México y Ecuador, existen incertidumbres sobre si se restablecerán pronto ya que este tipo de conflicto establece un cambio en relación fraternal, si de alguna manera llegara a un conflicto internacional relacional (France 24, 2025).

El Portal Primicias dice: Que la canciller mexicana Alicia Bárcena afirmó que llevarán el caso a la Corte Internacional de Justicia (CIJ), "para denunciar la responsabilidad de Ecuador por violaciones al derecho internacional". La CIJ es el principal órgano judicial de las Naciones Unidas, con sede en La Haya, y se encarga de resolver controversias jurídicas entre los Estados Parte y emitir opiniones consultivas. Sin embargo, este tipo de actuaciones tienen requisitos estrictos y pueden tomar varios años en llegar a un desenlace, en caso de que se acepte el caso. Le pasó a Ecuador cuando demandó a Colombia por la fumigación aérea con glifosato en la frontera compartida. Ese caso arrancó en marzo de 2008 y llegó a su final en septiembre de 2013.

El objetivo de esta investigación fue analizar las principales consecuencias legales que surgieron de las implicaciones diplomáticas en el marco de los derechos y tratados internacionales, a partir de la controversial crisis diplomática entre Ecuador y México, para comprender su impacto en el derecho internacional y las relaciones bilaterales.

 

MÉTODO

Fuentes Primarias

Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas (1961): Este es uno de los convenios más importantes en el derecho internacional que regula las relaciones diplomáticas entre Estados. En su artículo 22, establece que "la sede de la misión diplomática es inviolable", lo que significa que las autoridades del país receptor no pueden entrar en una embajada sin el consentimiento del Estado acreditado. La v de esta inviolabilidad constituye una violación grave del derecho internacional (Hernández Villalobos & Manasía Fernández, 2005; ONU, 1961). Convención de Viena sobre Relaciones Consulares (1963): Aunque se refiere principalmente a las relaciones consulares, también tiene disposiciones que protegen las misiones diplomáticas y sus instalaciones (ONU, 1963).

Principio de no intervención: El derecho internacional indica que los Estados no deben intervenir en los asuntos internos de otros países. La invasión de la embajada podría interpretarse como una violación de este principio, ya que se trató de una acción directa contra una representación diplomática internacional.

Declaración de Derechos y Deberes de los Estados (1949): La resolución 2625 de la Asamblea General de las Naciones Unidas dice que los Estados deben abstenerse de usar la fuerza en sus relaciones internacionales, lo cual también incluye la protección de las misiones diplomáticas (ONU, 1970; Benadava, 2015).

 

RESULTADOS

Naciones Unidas (ONU): El Comité de Derecho Internacional de la ONU o incluso la Asamblea General de la ONU pueden tener reportes o resoluciones relacionadas con la violación de la inviolabilidad diplomática.

Organización de Estados Americanos (OEA): La OEA es otra fuente potencial que podría haber emitido alguna declaración o resolución sobre el incidente.

Amnistía Internacional o Human Rights Watch: Estas organizaciones a veces emiten informes sobre violaciones de derechos humanos y derechos diplomáticos, y podrían haber documentado el impacto de los diplomáticos.

Embajada de México en Ecuador: Sus reportes oficiales sobre la seguridad de sus diplomáticos y las acciones legales tomadas también pueden proporcionar información relevante.

En esta investigación propondrá un análisis respecto a Las consecuencias legales sobre las implicaciones diplomáticas en derechos y tratados internacionales, respecto a la reacción de ecuador sobre México, para el mismo que utilizaremos un enfoque relacionado directamente a lo cualitativo y descriptivo de tal forma. En lo descriptivo, se centrará en detallar qué ocurrió el 22 de enero de 2021, cuando se dio la invasión de la embajada mexicana en Quito, Ecuador. Se describiría cómo un grupo de manifestantes o autoridades ecuatorianas ingresaron al edificio de la embajada mexicana, cómo se desarrollaron los hechos y qué acciones fueron tomadas por las fuerzas de seguridad o los diplomáticos presentes.

 

DISCUSIÓN

En el mes de abril del año 2024, Ecuador y México tuvieron un incidente internacional al incurrir en la embajada mexicana que se encuentra en la capital de Ecuador, Quito. La policía Nacional y Fuerzas armadas entraron de manera abrupta al consulado mexicano con el fin de arrestar al expresidente de la Republica del Ecuador, Jorge Glas, el cual se encontraba aislado desde diciembre de 2023.

 

Principales Hallazgos

Las fuerzas armadas del Ecuador irrumpieron la embajada mexicana con el fin de arrestar al ex vicepresidente de la Republica del Ecuador, Jorge Glas, por lo mismo que afectaron a lazos internacionales provocando así un roce con la afinidad que imparten ambos países, como causa hemos presentado las afectaciones antes fomentadas.

Ruptura de las relaciones diplomáticas

En contestación, Mexico rompió las relaciones diplomáticas con Ecuador y pidió medidas cautelares en la Corte internacional de justicia.

 

Tensión comercial:

En febrero del presente año 2025, Ecuador cargó un arancel del 27% a todo producto importado desde Mexico, justificando de alguna manera su productividad local, afectando la industria comercial bilateral, pero con más afectación a la producción ecuatoriana.

 

Ausencia en la cumbre iberoamericana:

En noviembre de 2024, se realizó la Cumbre internacional iberoamericana en Ecuador, en la ciudad de Cuenca, en donde el entonces presidente de Mexico Manuel López Obrador no asistió. Esto marco un punto de inflexión en las relaciones bilaterales entre ambos países, aumentando las tensiones.

La irrupción sobre la embajada de México ubicada en Quito, Ecuador ha dado paso a un visto malo y posibles consecuencias a nivel internacional. La gran mayoría de países en la comunidad internacional han resaltado su negativa, y condena ante la irrupción en el consulado Mexicano en Ecuador, declarándola como una violación de derechos internacionales y de la convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas, dando paso a organismos internacionales naturales como la Organización de Estados Americanos (OEA) y la Comunidad de Estados Latinoamericanos y Caribeños (CELAC) también se han pronunciado con preocupación insistiendo al diálogo y al respeto de las normas diplomáticas.

En consecuencia, México se ha pronunciado y manifestado que romperán lazos directamente con Ecuador lo que implica la cese de toda comunicación y cooperación recíproca, también ha mencionado que llevará el caso a la Corte Internacional de Justicia para buscar una penalización y reparación por la violación del derecho internacional.

 

CONCLUSIONES

La Invasión de las fuerzas armadas a la embajada mexicana por parte de Ecuador el 5 de abril de 2024, marco un grave antecedente en las relaciones diplomáticas internacionales. Este acto no solo impuso una violación de los tratados diplomáticos sino también sus garantías, esto desencadenó en una serie de consecuencias políticas legales, que afectaron a las dos naciones implicadas en especial a sus poblaciones.

Ecuador ha sido gobernado los últimos años por la derecha política, el tener ideologías derechistas hacen que un país tenga cierto populismo, y el autoritarismo por parte del actual presidente Daniel Noboa dio a que este acto invasivo sucediera. Para el mandatario el incurrir a la embajada mexicana, significo un hecho heroico ya que, a quien México trataba de dar asilo político era a Jorge Glas, que se lo culpa por casos como: Odebrecht y sobornos, reconstrucción de Manabí, metástasis y purga.

Entonces desde el punto de vista diplomático, representa una crisis política internacional para América latina, que históricamente se caracteriza por resolver dichos conflictos mediante y principalmente el dialogo, que funciona como un ente regulador diplomático. Este conflicto es un recordatorio de la gran importancia que tiene el derecho internacional en la política mundial, el respetar los tratados y convenios internacionales es muy importante para la estabilidad entre países. Y es muy fundamental la comunidad internacional puesto que juega ese papel clave para garantizar que incidentes como este no vuelvan a suceder, o si lo fuera poder aplicar estrategias validas que reintegren la diplomacia afectada por estos problemas. Lo mejor y óptimamente recomendable es respetar los consulados en cada país, así se llevará una estable relación política siempre priorizando y beneficiando a la ciudadanía.

 

FINANCIAMIENTO

No monetario.

 

AGRADECIMIENTO

A todos los factores sociales que influyeron en el desarrollo de esta investigación.

 

REFERENCIAS CONSULTADAS

Benadava, S. (2015). El principio de no intervención: consagración, evolución y problemas en el Derecho Internacional actual. Revista de Derecho de la Pontificia Universidad Católica de Valparaíso, (44), 331-365. https://n9.cl/knqoh

 

France 24. (2025). ¿Qué implicaciones puede conllevar el drama diplomático entre México y Ecuador? https://n9.cl/91gij4

 

Hernández Villalobos, L., & Manasía Fernández, N. (2005). Conflictos internacionales: medios de solución y derecho internacional humanitario. Frónesis, 12(3), 53-96. https://n9.cl/zzrhl3

 

Palacios, P. T. (2024). Crisis diplomática México-Ecuador: lo que está en juego https://n9.cl/wrgp5

 

Organización de las Naciones Unidas. (1961). Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas. Viena: Naciones Unidas. https://n9.cl/ww0ls

 

Organización de las Naciones Unidas. (1963). Convención de Viena sobre Relaciones Consulares. Viena: Naciones Unidas. https://n9.cl/fcgx9

 

Organización de las Naciones Unidas. (1970). Resolución 2625 (XXV): Declaración sobre los principios de Derecho Internacional referentes a las relaciones de amistad y a la cooperación entre los Estados de conformidad con la Carta de las Naciones Unidas. Nueva York: ONU. https://n9.cl/6s2x7

 

Ramírez, M. B. (2024). La invasión de la Embajada Mexicana en Quito. Un nuevo caso ante la Corte Internacional de Justicia. https://n9.cl/chqfl

 

Ruiz, C. R. (2024). El asalto a la embajada mexicana en Ecuador y el debido respeto a las normas internacionales. The Conversation. https://n9.cl/ccyy4p

 

UTEG. (2024). Ecuador y México “Relaciones Diplomáticas, Posturas Diferentes”. Obtenido de UTEG. https://n9.cl/1pla1

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

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