DOI 10.35381/cm.v12i1.2198

 

Los animales de compañía como sujetos de derecho: Aplicación de las garantías jurisdiccionales, Estado ecuatoriano

 

Pets as Legal Persons: Application of Judicial Safeguards by the Ecuadorian State

 

Kevin Steven Ramos-Calles

kevinrc02@uniandes.edu.ec

Universidad Regional Autónoma de los Andes, Puyo, Pastaza

Ecuador

https://orcid.org/0009-0007-8162-2061

 

Nayelli Mishell Licuy-Ahua

oa.nayellimla80@uniandes.edu.ec

Universidad Regional Autónoma de los Andes, Puyo, Pastaza

Ecuador

https://orcid.org/0009-0000-4780-3212

 

 

Recepción: 15 de enero 2026

Revisado: 26 de febrero 2026

Aprobación: 15 de abril 2026

Publicado: 01 de mayo 2026

 


 

RESUMEN

El objetivo general de la investigación fue analizar los animales de compañía como sujetos de derecho: Aplicación de las garantías jurisdiccionales, Estado ecuatoriano.  La investigación utilizó el método cuantitativo el cual produce datos descriptivos, que se originan por la recolección de datos. Se apoyó en la revisión documental-bibliográfica. Se realizó la revisión de artículos arbitrados, documentos gubernamentales y leyes. Además, se emplea el método inductivo-deductivo, y analítico-sintético. Además, se realizó encuestas a una muestra total de 23 individuos, en el cual también se tomaron en cuenta parroquias aledañas. Se concluye que, la mayoría de las personas desconocen las normativas relacionadas con la protección de los animales o tienen un sentido muy débil de responsabilidad a estos, ya que muy pocos realmente han participado en actividades para su protección o realizado denuncias por maltrato, pese a que recibieron charlas de concientización de manera reiterada a lo largo de los años.

 

Descriptores: Derechos de los animales; constitución; medio ambiente. (Tesauro UNESCO)

 

 

ABSTRACT

The overall objective of the research was to analyze companion animals as subjects of law: Application of judicial safeguards, Ecuadorian State. The research employed a quantitative method, which generates descriptive data derived from data collection. It was supported by a documentary and bibliographic review. A review of peer-reviewed articles, government documents, and laws was conducted. Additionally, the inductive-deductive and analytical-synthetic methods were employed. Furthermore, surveys were conducted on a total sample of 23 individuals, which also included neighboring parishes. It is concluded that most people are unaware of regulations related to animal protection or have a very weak sense of responsibility toward animals, since very few have actually participated in activities for their protection or filed reports of abuse, despite having received repeated awareness-raising talks over the years.

 

Descriptors: Animal rights; constitution; environment. (UNESCO Thesaurus)

 

 


INTRODUCCIÓN

Durante muchos años los animales fueron tomados como bienes muebles sin derechos aparentes más allá de lo que sus dueños decidieran e incluso en la actualidad esa visión está bastante extendida, por lo que el progreso en la defensa de los derechos de los animales a avanzado lento, con penas y castigos tal vez no muy adecuados para ciertas actitudes que ponen en riesgo las integridad de los animales (Gobierno de PASTAZA, 2021).

Esta estrecha relación ha complicado los esfuerzos por conseguir derechos para los animales, ya que por lo extendidos que están y el cómo interactúan con la sociedad, crearía un caos si se llegaran a reconocer ciertos derechos como podría ser el derecho a la “libertad”, siendo que esta afectaría negativamente toda nuestra industria ganadera, agropecuaria, aviar, etc., además de las innumerables mascotas que viven en nuestros hogares y los animales silvestres que se encuentra en cautiverio en los zoológicos o parque de semi-cautiverio y eso que no se menciona el derecho a la “vida” que en teoría también sustentan (Corte Constitucional del Ecuador, 2025).

Los animales domésticos (perros, gatos y otras especies de compañía) se encuentran en una posición de vulnerabilidad extrema, ya que su bienestar depende enteramente de la voluntad humana. Los autores argumentan que la protección jurídica no debe ser solo simbólica, sino que debe traducirse en sanciones efectivas para quienes vulneren su integridad (López Castellanos et al.,2026).

Por otro lado, los principales problemas detectados incluyen la presencia de animales en espacios públicos sin supervisión, el abandono y la falta de control sobre la reproducción, lo que deriva en una sobrepoblación que afecta tanto el bienestar animal como la salud pública y la convivencia vecinal. (Echeverría-Galindo, & Moncada-Rangel,2024).

En este sentido, la Corte Constitucional del Ecuador determinó que los animales no son meras cosas o propiedades, sino sujetos de derechos protegidos por la Naturaleza (Pacha Mama). El caso de la mona Estrellita, quien fue retirada de un hogar donde vivió 18 años y murió poco después bajo custodia estatal, sirvió para establecer que los animales poseen un valor intrínseco independiente de la utilidad que tengan para los seres humanos (Alvarado-Vélez, 2023).

Así mismo, tras la sentencia de la "Mona Estrellita", los municipios ecuatorianos se vieron obligados a actualizar sus normativas. La Ordenanza de Otavalo (2022) busca regular la fauna urbana bajo un enfoque de bienestar animal, estableciendo reglas claras para la convivencia entre los ciudadanos y sus animales de compañía dentro del cantón (Carvajal Santacruz et al.,2026).

En este sentido, el análisis del Código Orgánico Integral Penal (2014) y cómo este tipifica el maltrato animal que termina en muerte. Los autores explican que la legislación ecuatoriana ha pasado de una protección administrativa a una protección penal efectiva, reconociendo que la vida de un animal de fauna urbana (perros y gatos, principalmente) tiene una tutela jurídica especial (Gaspar-Santos et al.,2022).

Al respecto, el Estado debe transitar de una "permisividad tácita" a una prohibición o regulación extrema de la venta de animales de compañía. Se sugiere que la cría debería estar permitida solo bajo licencias profesionales rigurosas, con cuotas limitadas y supervisión veterinaria constante (Chávez Gaona, & Marnell Bendezú, 2025).

De acuerdo a la Corte Constitucional del Ecuador. (2022), el CASO No. 253-20-JH – Sentencia (Derechos de la Naturaleza y animales como sujetos de derechos) caso “Mona Estrellita”. En el presente caso se realizó una intervención en el año 2019 con el fin rescatar a una mona Choronongo conocida como Estrellita quien vivía con la Señora Ana Beatriz Burbano Proaño, una mujer de 57 años quien crio a la mona desde su nacimiento durante 18 años, suceso ocurrido después de identificarla como una especien en peligro de extinción y determinar la falta de permisos administrativos para su posesión. Los informes veterinarios posteriores revelaron que la mona se encontraba en un estado deplorable en relación a otros congéneres de su misma especie, con padecimientos como mal nutrición, problemas pulmonares entre otros y seria llevada a un recinto para su recuperación. Siendo el caso, la señora Ana Beatriz alzaría una acción de habeas corpus sobre la mona con la intención que sea restituida a su hogar, en la cual clamaba que fue arrebata de su hogar y su familia, esta acción no prospero al considerarse que la mona no podría ser tutelar de derechos y que en última instancia el habeas corpus apela por la libertad del individuo y no sería loable reintegrarla en la cautividad de una casa común, y que quedaría en mejor resguardo en el refugio. La sentencia seria apelada y se reiniciaría el proceso, tiempo donde lastimosamente la mona moriría en cautiverio por múltiples complicaciones propias de criaturas que pasan por una naturalización en un ambiente humano como mascotas, esto sería utilizado con la finalidad de desestimar el habeas corpus y daría pie a un debate sobre la extensión de los derechos de la naturaleza. Declarando de manera clara que los animales silvestres por su extensión serán considerados como sujetos de derechos, aunque solo de los que fueran debidamente reconocidos en la constitución, con sus respectivas particularidades al no poder mimetizarlos con las actividades humanas, siendo que aún no podrían ser beneficiarios de ciertos aspectos como la aplicación de un habeas corpus ya que implicaría un sinfín de medios, desde un canario en una jaula hasta las vacas en graneros, siendo esto una situación simplemente absurda, pero que aun así se debe considerar que la vulneración de los derechos de la naturaleza.

Otro caso de la Corte Constitucional Colombia. (2020), se refiere a la Sentencia SU16/20 STATUS JURIDICO DE LOS ANIMALES SILVESTRES-Oso de Anteojos. El oso de anteojo Chucho, nació en un cautiverio en la reserva natural La Planada y permaneció en cautividad durante 24 años dentro del territorio colombiano, siendo transferido múltiples veces a diferentes reservas, sin embargo en el año 2016 se haría una solicitud de traslado al zoológico de Barranquilla y una vez ubicado, el Señor Luis Domingo Maldonado presento una acción de habeas corpus en favor de Chucho al considerar que su traslado a Barranquilla significaría que viviría en cautiverio por el resto de su vida, siendo incompatible con el derecho de vivir en su medio ambiente. Esta petición seria desestimada en un principio es improcedente, ya que el habeas corpus en su naturaleza está dirigido únicamente a seres humanos y que los animales no son titulares de derecho fundamentales, adicionalmente a que no se encontraron evidencia del peligro alegado por el accionante. Aun así, se le concedió el habeas corpus y se dispuso su traslado a un ambiente natural de semi-cautiverio. Pero la fundación de botánica y zoología de Barranquilla interpuso una acción judicial ya que consideraron que la sentencia fue una clara falta al debido proceso por cuanto ignoro la naturaleza del habeas corpus y medios probatorios siendo al menos en prima facie, no es titular de derechos fundamentales, pese a se considera un ser sintiente, este no podría ser tutelar de un derecho en específico dirigiéndose en efectos prácticos un mueble-sintiente, un adjetivo dado desde napoleón a los animales.

En este sentido se plantea como objetivo general analizar los animales de compañía como sujetos de derecho: Aplicación de las garantías jurisdiccionales, Estado ecuatoriano.

 

MÉTODO

La investigación utiliza el método cuantitativo el cual produce datos descriptivos, que se originan por la recolección de datos. Apoyado en la revisión documental-bibliográfica. Se realiza la revisión de artículos arbitrados, documentos gubernamentales y leyes. Además, se emplea el método inductivo-deductivo, el cual sugiere que para encontrar una verdad se deben buscar los hechos y no basarse en meras especulaciones, conjuntamente a partir de afirmaciones generales para llegar a específicas (Dávila, 2006). Se plantea además el método analítico-sintético por medio del cual, se descompone un todo en partes extrayendo cualidades, componentes, relaciones y más para posteriormente unir las partes analizadas y con ello descubrir características y relaciones entre los elementos (Rodríguez y Pérez, 2017). Además, se realiza encuestas a una muestra total de 23 individuos sin un rango de edad o género, a la población extendida de la ciudad del Puyo, en el cual también se tomaron en cuenta parroquias aledañas para obtener datos más versátiles sobre las acciones y campañas de concientización que se podrían realizar a lo largo del sector.

 

RESULTADOS

Se presenta a continuación los resultados, luego del desarrollo del método planteado por los investigadores.

1. ¿Considera que los animales de compañía deben ser sujetos de derecho?

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Gráfica 1. Animales de compañía como sujetos de derecho.

Elaboración: Los autores.

 

En la gráfica 1, se aprecia de acurdo a las respuestas, a los animales como “iguales” a nosotros frente al Estado, por lo menos en lo que significa la protección de sus derechos por medio tan propio como vienen siendo las garantías constitucionales no parece muy popular, de acuerdo al grafico apenas con una mayoría ajustada se declina por considerarlos sujetos de derechos mientras que la otra parte no lo considera una medida adecuada y creen que podría haber mejor maneras.

 

2. ¿Ha realizado alguna actividad para proteger a los animales?

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Gráfica 2. Actividad para proteger a los animales.

Elaboración: Los autores.

 

Se observa en la gráfica 2, que la gran mayoría de las personas participantes de esta encuesta no han participado en actividades que fomenten la protección de los animales como podría ser el voluntariado en fundaciones, participantes activos en campañas de concientización o actividades personales como podría ser adoptar animales callejeros.

 

3. ¿Alguna vez ha presenciado a un animal de compañía siendo maltratado?

 

 

 

 

 

 

Gráfica 3. Maltrato de un animal de compañía.

Elaboración: Los autores.

Se aprecia en la gráfica 3, que el concepto del maltrato animal abarca desde el maltrato físico/psicológico, comercialización hasta el abandono y una tenencia deplorable para el animal como podría ser tenerlos en recintos no adecuados, por lo que no es sorprendentes que la mayoría de los encuestados haya sido testigo de alguno de estos aspectos del maltrato animal, una cifra preocupante por las implicaciones de la misma y aun mayor por los resultados dados por el siguiente gráfico.

 

4. ¿Ha denunciado un acto de maltrato animal?

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Gráfica 4. Denuncia de maltrato de un animal de compañía.

Elaboración: Los autores.

 

Según la gráfica 4, los encuestado el total no han realizado denuncias por maltrato animal a las autoridades u organizaciones de protección de los animales como podría ser la PAE, mostrando una sombría sombra de lo que representa al común de los individuos, un desinterés al caso, tomando en cuenta la gráfica anterior donde la gran mayoría ha presenciado alguna forma de maltrato animal, pero que no calado en su ser lo suficiente como para que se inmiscuyeran en ese asunto, ya que lastimosamente lo animales no pueden impulsar por si mismos las medidas de protección brindadas por el estado y necesitan algún representante que luche por sus intereses.

5. ¿Se han realizado campañas de concientización sobre el maltrato animal por su localidad?

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Gráfica 5. Campañas de concientización.

Elaboración: Los autores.

 

Se aprecia en la gráfica 5, que las campañas de concientización realizadas directamente en las comunidades y barrios son bastante altas siendo que la mayoría de las personas encuestas han percibido estas actividades desarrollándose en sus localidades. Estos tipos de campañas suelen centrarse principalmente en lo abandono, vacunación y esterilización de las mascotas con la finalidad de combatir con el aumento de la población de animales callejeros, por lo que esta situación representa, no solo una forma de maltrato, sino, que también siendo fuentes de enfermedades como se presentó en citas anteriores.

 

DISCUSIÓN

Los hallazgos de esta investigación revelan una profunda desconexión entre el avance de la jurisprudencia en Ecuador y la respuesta práctica de la ciudadanía. A pesar de contar con precedentes históricos, la protección de los animales de compañía enfrenta barreras culturales y procedimentales críticas.

 

La Gráfica 1 muestra una división de opiniones respecto a considerar a los animales como sujetos de derechos. Esta "mayoría ajustada" refleja lo planteado por Alvarado-Vélez (2023) sobre el caso "Mona Estrellita": aunque la Corte Constitucional ya dictaminó que los animales poseen derechos propios, en el imaginario colectivo aún persiste la idea del animal como un objeto o propiedad. Esta resistencia sugiere que la sociedad todavía no asimila el concepto de "subjetividad jurídica" no humana, prefiriendo quizás modelos de bienestar tradicionales antes que el reconocimiento de derechos fundamentales.

El contraste entre las Gráficas 3 y 4 es el punto más crítico de la discusión. Mientras la mayoría de los encuestados afirma haber presenciado maltrato (en sus diversas formas: físico, abandono o tenencia deplorable), el 100% manifiesta no haber denunciado. Este fenómeno puede explicarse bajo tres vertientes analizadas en la literatura: Desconfianza institucional: Como señalan López Castellanos et al. (2026), las penas actuales se perciben como insuficientes o difíciles de ejecutar, lo que desmotiva la denuncia. Falta de mecanismos claros: La ausencia de canales de denuncia efectivos, mencionada en el análisis de la Ordenanza de Otavalo (2022), deja al ciudadano sin herramientas prácticas.

Normalización de la violencia: Existe una brecha de "empatía procesal" donde el testigo reconoce el maltrato, pero no siente la obligación legal o moral de intervenir, olvidando que, al ser sujetos de derechos, los animales requieren una representación humana para activar las garantías del Estado.

La Gráfica 5 indica que las campañas de concientización son frecuentes en las localidades, enfocándose en vacunación y esterilización. Sin embargo, al cruzar esto con la Gráfica 2 (donde la mayoría no realiza actividades de protección), se deduce que estas campañas están siendo informativas, pero no transformadoras. Siguiendo a Echeverría-Galindo & Moncada-Rangel (2024), la educación ambiental no debe limitarse a la salud pública (vacunas), sino que debe evolucionar hacia la tenencia responsable y la ética del cuidado. La gente "conoce" el problema, pero no se "involucra" en la solución.

 

Finalmente, la mención de las campañas de esterilización en los resultados se conecta con la advertencia de Chávez & Marnell (2025) sobre la reproducción indiscriminada. Si el control poblacional no se acompaña de sanciones a la cría ilícita y de una participación ciudadana activa (voluntariado, adopción), el círculo del maltrato y el abandono detectado en las encuestas seguirá repitiéndose a pesar de los esfuerzos locales.

 

CONCLUSIONES

La mayoría de las personas desconocen las normativas relacionadas con la protección de los animales o tienen un sentido muy débil de responsabilidad a estos, ya que muy pocos realmente han participado en actividades para su protección o realizado denuncias por maltrato, pese a que recibieron charlas de concientización de manera reiterada a lo largo de los años.

 

FINANCIAMIENTO

No monetario.

 

AGRADECIMIENTO

A la Universidad Regional Autónoma de los Andes sede Puyo, en el desarrollo de la investigación.

 

REFERENCIAS CONSULTADAS

Alvarado-Vélez, J. (2023). Protección de los animales como sujetos de derechos. Un análisis constitucional del caso “Mona Estrellita” en Ecuador. Estudios constitucionales, 21(2), 290-307. https://dx.doi.org/10.4067/S0718-52002023000200290

 

Asamblea Nacional (2014). Código Orgánico Integral Penal. Registro Oficial Nº 180. Recuperado de https://url2.cl/53c6h

 

Carvajal Santacruz, K. M., Mendoza Escalante, P. R., & Cifuentes Ruiz, D. (2026). Mecanismos de protección de animales de compañía en la Ordenanza de Otavalo 2022: HOLOPRAXIS. Revista de Ciencia, Tecnología e Innovación, 10(1), 89–113. https://doi.org/10.61154/holopraxis.v10i1.4396

 

Chávez Gaona, A., & Marnell Bendezú, A. (2025). La ilicitud de la reproducción indiscriminada en animales de compañía con fin comercial. Derecho global. Estudios sobre derecho y justicia, 10(30), 337-375. https://doi.org/10.32870/dgedj.v10i30.827

 

Corte Constitucional Colombia. (2020). Sentencia SU016/20. https://n9.cl/g9hmrz

 

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Dávila Newman, G. (2006). El razonamiento inductivo y deductivo dentro del proceso investigativo en ciencias experimentales y sociales. Laurus, 12(Ext),180-205. https://n9.cl/nx847

 

Echeverría-Galindo, J. C., & Moncada-Rangel, J. A. (2024). Percepción del conflicto gente – animales de compañía en el cantón Antonio Ante, Ecuador: Propuestas educativas ambientales. AiBi Revista De Investigación, Administración E Ingeniería, 12(2), 90-96. https://doi.org/10.15649/2346030X.3592

 

Gaspar-Santos, M. E., Bonilla-Briones, M. D., Ver-Sánchez, P. A., & Veliz-Rivas, J. A. (2022). Efectos jurídicos del control y sanción por dar muerte a animal de fauna urbana. IUSTITIA SOCIALIS, 7(2),1174–1185. https://doi.org/10.35381/racji.v7i2.2370

 

Gobierno de PASTAZA. (2023-2027). CREACIÓN DEL PROYECTO DE BIENESTAR. https://n9.cl/i2a2j

 

López Castellanos, D. N., Zambrano Bastidas, K. D., Quevedo Arnaiz, N. V., & García Arias, N. (2026). La protección jurídica de los animales domésticos frente a la vulneración de sus derechos. Pro Sciences: Revista De Producción, Ciencias E Investigación, 10(61), 300–313. https://doi.org/10.29018/issn.2588-1000vol10iss61.2026pp300-313

 

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