El derecho a la privacidad en el periodo 2020-2024 en Suramérica
The Right to Privacy in South America from 2020 to 2024
Dayanna Noemi Porozo-Curillo
dayannapc52@uniandes.edu.ec
Universidad Regional Autónoma de los Andes, Puyo, Pastaza
Ecuador
https://orcid.org/0009-0005-4054-1957
Carlos Alberto Abril-Cárdenas
carlosac72@uniandes.edu.ec
Universidad Regional Autónoma de los Andes, Puyo, Pastaza
Ecuador
https://orcid.org/0009-0003-1748-796X
Manuel Ricardo Velázquez
up.manuelricardo@uniandes.edu.ec
Universidad Regional Autónoma de los Andes, Puyo, Pastaza
Ecuador
https://orcid.org/0000-0001-5357-8197
Revisado: 26 de febrero 2026
Aprobación: 15 de abril 2026
Publicado: 01 de mayo 2026
El objetivo general de la investigación fue analizar el derecho a la privacidad en el periodo 2020-2024 en Suramérica. La modalidad aplicada en el estudio fue cualitativa. Se apoyó en la técnica de recolección de datos documental, manejando la recaudación y análisis de una tipología documental-bibliográfica, mediante la cual se procede a revisar las leyes, boletines oficiales y artículos científicos. Se concluye que, el estudio sobre el derecho a la privacidad en Suramérica, durante el período 2020-2024, revela que, a pesar de los avances legislativos observados en países como Ecuador y Brasil, persisten desafíos significativos en la aplicación efectiva de estas normativas. Para asegurar una protección efectiva del derecho a la privacidad, es fundamental fortalecer la supervisión de las normativas existentes, sancionar su incumplimiento y promover la educación digital.
Descriptores: Protección de datos; digitalización; ley (Tesauro UNESCO).
Descriptors: Data protection; digitization; law (UNESCO Thesaurus).
INTRODUCCIÓN
El derecho a la privacidad en Suramérica, entre 2020 y 2024, se ha vuelto un lugar de problemas y preguntas sin respuestas. Creo que lo que se ve es que el rápido avance de la tecnología, sobre todo durante y después de la pandemia ha hecho que las personas confíen más en internet para trabajar estudiar o conectar con otros, pero esto ha causado que sus vidas estén más expuestas. La impresión de que ͏todos, desde los͏ ciudadanos hasta las compañías y los gobiernos, están metidos en este asunto: unos poniendo sus ͏datos͏ sin pensar mucho, otros͏ usándose para vender cosas o servicios y algunos incluso usando͏ para mirar o controlar.
Niño (2022) investigó los riesgos legales de los datos personales en el comercio electrónico en Colombia durante la pandemia y señaló que el aumento de las compras online de 2020 a 2022 aumentó la vulnerabilidad de los consumidores. Los autores descubrieron que muchas empresas no cumplen con las normas de protección de datos, lo que deja la información confidencial en riesgo de sufrir ciberataques y uso indebido. Niño dijo que este fenómeno continuará en Sudamérica hasta 2024 y sugirió que es necesario revisar las leyes para proteger mejor a los usuarios en el mercado digital en expansión.
En Brasil, la Ley General de Protección de Datos (2018), promulgada en 2018, estableció lineamientos estrictos para la protección de la privacidad, pero su implementación ha sido desigual, lo que ha permitido la persistencia de prácticas que vulneran los derechos digitales. (Presidência da República,2018).
El incumplimiento de las normativas en el sector privado es otro problema recurrente. En Ecuador, un informe de la ONU (2024) reveló que el 68% de las empresas tecnológicas no cumplían con los protocolos adecuados de consentimiento informado en el tratamiento de datos personales. Esta falta de control también se ha observado en Colombia, donde el uso de aplicaciones gubernamentales como CoronApp durante la pandemia generó controversias sobre la gestión de la información recopilada.
El panorama del derecho a la privacidad en Suramérica entre 2020 y 2024 se define por una tensión constante entre la digitalización acelerada y la fragilidad de los marcos regulatorios. La transición masiva hacia entornos virtuales para el trabajo y la educación, impulsada por la crisis sanitaria, consolidó una dependencia tecnológica que expuso la vida privada de los ciudadanos a niveles sin precedentes. Este fenómeno ha convertido la información personal en un activo de alto valor, disputado entre consumidores que entregan sus datos de forma inadvertida, corporaciones que los monetizan mediante el perfilamiento comercial y gobiernos que, en ocasiones, desdibujan los límites del control y la vigilancia estatal.
A pesar de la existencia de normativas pioneras como la Ley General de Protección de Datos en Brasil, la implementación efectiva en la región sigue siendo fragmentada y desigual. Los hallazgos en países como Colombia y Ecuador evidencian una brecha crítica: mientras el comercio electrónico y las plataformas gubernamentales se expanden, un alto porcentaje de organizaciones ignora los protocolos de consentimiento informado y ciberseguridad. Esta carencia de cumplimiento no solo vulnera la autonomía del usuario, sino que subraya la urgencia de reevaluar las leyes actuales frente a un mercado digital que crece con mayor rapidez que la capacidad de supervisión de los Estados.
Se plantea como objetivo general de la investigación analizar el derecho a la privacidad en el periodo 2020-2024 en Suramérica.
MÉTODO
La modalidad aplicada en el estudio es cualitativa. Según Molina (2019), el diseño cualitativo permite comprender fenómenos sociales y las personas implicadas en este, situación que se ha pretendido con el desarrollo de esta investigación. Apoyándose en la técnica de recolección de datos documental, manejando la recaudación y análisis de una tipología documental-bibliográfica (Hernández Sampieri et al., 2014), mediante la cual se procede a revisar las leyes, boletines oficiales y artículos científicos.
RESULTADOS
Se presenta a continuación el desarrollo del método planteado por los investigadores.
La investigación parte de la premisa de que la seguridad y el acceso a la red han trascendido su naturaleza técnica para consolidarse como derechos humanos de cuarta generación, exigiendo una armonización global que ignore las fronteras físicas para proteger al usuario de forma uniforme. Este enfoque se complementa con la necesidad de fortalecer la cooperación internacional frente a una legislación nacional.
Tabla 1.
Revisión.
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Autor(es) |
Investigación |
Aportes |
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Matos Cuzcano, Espinoza Rangel, Musse Carrasco, Apaza Mendoza, Patiño García, & Chamoli Falcón. (2025) |
Armonización de derechos digitales. |
El acceso a Internet y la seguridad digital deben ser considerados derechos humanos de cuarta generación. La armonización busca que estos derechos no dependan de fronteras físicas, garantizando una protección uniforme para el usuario global. |
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Villacís Chávez, S., Muñoa Vidal, & Villacís Londoño. (2025) |
Dimensiones jurídicas sobre la protección de los datos personales en los medios tecnológicos. |
La legislación nacional a menudo se ve desbordada por la naturaleza global de Internet. Se propone que la dimensión jurídica debe fortalecerse mediante la cooperación internacional y la adopción de estándares de "privacidad desde el diseño", asegurando que la tecnología incorpore garantías legales desde su creación. |
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Sanz Salguero. (2025) |
Derecho fundamental a la protección de los datos personales en América Latina: desafíos ante el alcance extraterritorial del Reglamento General de Protección de Datos de la Unión Europea. |
Un desafío crítico identificado es la necesidad de que las agencias de protección de datos en la región tengan verdadera autonomía y capacidad sancionatoria. Sin una autoridad fuerte, el derecho a la privacidad corre el riesgo de convertirse en una declaración retórica sin aplicación efectiva. |
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Martínez Carrillo. (2025) |
La Protección de Datos Personales y el Derecho Penal: Retos, Jurisprudencia y Perspectivas Futuras. |
La protección de datos personales ya no es solo un derecho civil, sino un bien jurídico que el Estado debe proteger mediante el derecho penal, debido a que su vulneración puede derivar en daños graves a la libertad, el patrimonio y la seguridad de las personas. Los delitos contra los datos personales suelen ser transfronterizos, es imperativo armonizar las leyes penales y fortalecer tratados de extradición y asistencia mutua, tomando como referencia instrumentos como el Convenio de Budapest. |
Elaboración: Los autores.
DISCUSIÓN
El derecho a la privacidad en Suramérica entre 2020 y 2024 se vio significativamente impactado por la rápida digitalización y el uso extensivo de tecnologías de vigilancia, lo que generó tensiones entre la seguridad pública y la protección de datos personales.
La educación se reconoce legalmente como el motor principal para la movilidad social; sin embargo, su implementación en América Latina enfrenta una brecha profunda entre las normativas internacionales y la práctica en sectores vulnerables. Aunque existen marcos jurídicos sólidos, la asignación desigual de recursos y la falta de sostenibilidad en las metodologías pedagógicas impiden que la calidad sea equitativa, especialmente en zonas rurales donde las carencias estructurales limitan el cumplimiento efectivo de este derecho humano.
Este escenario de desigualdad se agudizó con la crisis del COVID-19, la cual desnudó una infraestructura tecnológica deficiente y una marcada brecha digital. La transición forzada a la modalidad remota reveló que la falta de conectividad en zonas marginadas y la limitada capacitación docente en herramientas digitales fueron barreras determinantes. La respuesta de los sistemas educativos ha sido irregular, supeditada muchas veces a la estabilidad política y a presupuestos restringidos que afectan directamente el mantenimiento de las escuelas y la innovación en los métodos de enseñanza.
El panorama actual exige transitar de medidas de emergencia a políticas de Estado a largo plazo. La deserción escolar, particularmente en la educación secundaria, y las dificultades de acceso a la formación superior actúan como multiplicadores de la pobreza. Para revertir esta tendencia, es imperativo diseñar estrategias que prioricen la equidad y el acceso universal, garantizando que la inversión pública se traduzca en una infraestructura capaz de soportar tanto la enseñanza presencial como los nuevos modelos de aprendizaje en línea.
La acelerada digitalización ha impulsado la necesidad de armonizar los derechos digitales a escala global. Se propone que el acceso a Internet y la seguridad informática sean reconocidos como derechos de cuarta generación, los cuales no deben depender de fronteras físicas. Esta visión busca una protección uniforme para el usuario, enfrentando el desafío de legislaciones nacionales que a menudo se ven desbordadas por la naturaleza transnacional de la red y la influencia de marcos externos como el Reglamento General de Protección de Datos de la Unión Europea.
Un cambio fundamental en la doctrina jurídica actual es la elevación del dato personal a la categoría de bien jurídico protegido. La investigación sugiere que la vulneración de la privacidad ya no debe tratarse únicamente en el ámbito civil o administrativo, sino que requiere la intervención del Derecho Penal debido a los daños graves que puede causar a la libertad, el patrimonio y la seguridad. Esto exige una actualización de los códigos penales y una cooperación internacional robusta para enfrentar delitos que cruzan fronteras con facilidad.
Para garantizar una protección real, la discusión se desplaza hacia la "privacidad desde el diseño", asegurando que la tecnología incorpore garantías legales desde su creación y no como un parche posterior. Sin embargo, este marco normativo resulta insuficiente sin agencias de protección de datos que gocen de verdadera autonomía y capacidad sancionatoria. El fortalecimiento institucional y la adopción de estándares éticos en el uso de algoritmos e inteligencia artificial son los pilares finales para que el derecho a la privacidad sea una facultad de control efectiva del individuo y no una mera declaración retórica.
Asamblea Nacional de la República del Ecuador. (2021). Ley Orgánica de Protección de Datos Personales. Quinto Suplemento Nº 459 - Registro Oficial. https://n9.cl/mv7ow
Hernández, R., Fernández, C., y Baptista, M. (2014). Metodología de la Investigación. (Quinta Edición ed.). México: McGraw-Hill.
Martínez Carrillo, R. (2025). La Protección de Datos Personales y el Derecho Penal: Retos, Jurisprudencia y Perspectivas Futuras. RIDE. Revista Iberoamericana para la Investigación y el Desarrollo Educativo, 16(31), e948. https://doi.org/10.23913/ride.v16i31.2561
Matos Cuzcano, M., Espinoza Rangel, J., Musse Carrasco, R., Apaza Mendoza, J., Patiño García, G., & Chamoli Falcón, A. (2025). Armonización de derechos digitales. Revista InveCom, 5(3), e0503106. https://doi.org/10.5281/zenodo.14635310
Molina, M. (2020). Hay otros mundos, pero están en este. Investigación cualitativa. Revista Electrónica AnestesiaR, 11(6),2. https://doi.org/10.30445/rear.v11i6.780
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Presidência da República. (2018). LEI Nº 13.709, DE 14 DE AGOSTO DE 2018. Diario Oficial de la Unión. https://n9.cl/ta2ie
Sanz Salguero, F. (2025). Derecho fundamental a la protección de los datos personales en América Latina: desafíos ante el alcance extraterritorial del Reglamento General de Protección de Datos de la Unión Europea. Revista Derecho del Estado, (62), 143-169. https://doi.org/10.18601/01229893.n62.06
Villacís Chávez, S., Muñoa Vidal, T., & Villacís Londoño, H. (2025). Dimensiones jurídicas sobre la protección de los datos personales en los medios tecnológicos. Revista de Ciencias Humanísticas y Sociales (ReHuSo), 10(2), 73-82. https://doi.org/10.33936/rehuso.v10i2.6922
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