DOI 10.35381/cm.v8i1.690

 

Los derechos y garantías constitucionales en Ecuador

 

Constitutional rights and guarantees in Ecuador

 

 

 

 

Orlando Iván Ronquillo-Riera

uq.orlandoronquillo@uniandes.edu.ec

Universidad Regional Autónoma de los Andes, Quevedo

Ecuador

https://orcid.org/0000-0001-6020-7255

 

Freddy Alejandro Borbor-Palacios

freddypalacios2316@gmail.com

Red de Investigación Koiononía, Guayaquil

Ecuador

https://orcid.org/0000-0002-2302-0616

 

Carlos Antonio Montúfar-Álvarez

charly-1209@hotmail.com

Red de Investigación Koinonía, Guayaquil

Ecuador

https://orcid.org/0000-0002-6942-8000

 

 

 

 

 

 

Recibido: 15 de noviembre 2021

Revisado: 10 de diciembre 2021

Aprobado: 15 de febrero 2022

Publicado: 01 de marzo 2022

 

 

 

 

RESUMEN

El objetivo general de la presente investigación fue analizar jurídicamente los derechos y garantías constitucionales en Ecuador. Se desarrolló desde el paradigma positivista, atendiendo los lineamientos, fundamentados en una investigación descriptiva desde la perspectiva cuantitativa la cual produce datos descriptivos, apoyado en una investigación documental-bibliográfica.  También, se aplicó el método inductivo-deductivo, el cual propone que para descubrir una verdad se deben buscar los hechos y no fundamentarse en meras especulaciones. Además, el método analítico-sintético por medio del cual, se descompone un todo en partes extrayendo cualidades, componentes, relaciones y más para posteriormente unir las partes analizadas. El manejo de estos métodos hizo viable que se analicen doctrinas, cuerpos normativos, documentos jurídicos, bibliografía, trabajos arbitrados, la cual luego del análisis pertinente, permitió que se generen criterios. Se concluye que los derechos y garantías constitucionales en Ecuador, se encuentra tipificado en la Constitución de la República, es recomendable su promoción y difusión pública.

 

Descriptores: Derecho; administración de justicia; constitución. (Tesauro UNESCO). 

 

 

 

ABSTRACT

The general objective of this research was to legally analyze the constitutional rights and guarantees in Ecuador. It was developed from the positivist paradigm, following the guidelines, based on a descriptive research from the quantitative perspective which produces descriptive data, supported by a documentary-bibliographic research.  Also, the inductive-deductive method was applied, which proposes that in order to discover a truth, facts must be sought and not be based on mere speculations. In addition, the analytical-synthetic method by means of which a whole is decomposed into parts, extracting qualities, components, relationships and more to later join the analyzed parts. The use of these methods made it feasible to analyze doctrines, normative bodies, legal documents, bibliography, refereed works, which after the pertinent analysis, allowed the generation of criteria. It is concluded that the constitutional rights and guarantees in Ecuador are typified in the Constitution of the Republic, it is advisable its promotion and public dissemination.

 

Descriptors: Law; administration of justice; constitution. (UNESCO Thesaurus).

 

 

 

INTRODUCCIÓN

Sin duda alguna los gobernantes de los estados, mediante las constituciones de sus países buscan la protección de sus derechos para evitar la violación de los mismos o poder reparar la violación que se puedan suscitar en un momento dada, y que mediantes instrumentos y medios la constitución dispone para sostener, garantizar y defender sus derechos frente a las atairadas, instituciones o colectividad. Al respecto, los autores Valarezo Álvarez et al. (2019) plantean:

El reconocimiento constitucional de los derechos y libertades del ser humano, requiere de instrumentos adecuados para una rápida y eficaz tutela que permita el control, unificación y sanción de sus violaciones, sin los cuales serían superficiales los esfuerzos encaminados a lograr un clima de respeto y seguridad de estos derechos humanos. (p.471)

 

En este sentido, en la Constitución de la República del Ecuador (2008) el capítulo III establece las Garantías Constituciones a tenor siguiente:

 

 

 

 

 

Por lo tanto, de acuerdo con Castro Pizarro, Masache Romero y Durán Ocampo (2019):

De esta forma la sociedad a través del Estado establece las normas generales fundamentadas en la libertad y seguridad, que garantizan el acceso y disfrute de una serie de intereses, satisfacción de necesidades y regula el correcto ejercicio de los poderes estatales para así garantizar los intereses colectivos o comunes. (p.351)

 

En el marco del sistema de justicia constitucional ecuatoriano observamos que existe una diversidad de garantías jurisdiccionales orientadas a la protección de los derechos ciudadanos. En principio, por el solo hecho de la existencia de la norma, las personas que consideran que se viola en la realidad este derecho, pueden iniciar una acción de protección de derechos. Ávila Santamaría, 2012, p.76)

Sin embargo, la acción de protección asume la intención de amparar los derechos de las personas frente a un quebrantamiento de los derechos, sin embargo, las personas usurpan ventajas de esta garantía estableciendo así una arbitrariedad del derecho al instante de mostrar la demanda de acción de protección en casos que no están instituidos en las normas jurídicas señaladas para el efecto. Para Rodríguez Santos et al. (2020) plantean que:

Para requerir de la justicia constitucional, interponiendo una acción de protección, solo se requiere la calidad de ciudadano, por lo tanto, la puede presentar cualquier persona en el momento en que sus derechos hayan sido violentados ya sea por una autoridad pública o por personas privadas; se pretende alcanzar un restablecimiento al estado anterior de la vulneración del derecho y una subsecuente reparación por el daño causado. (p.608)

 

Por lo tanto, para plantear una acción en contra de hechos, actos y sucesos violatorios del derecho constitucional, el régimen de justicia es el agente de ofrecer una solución satisfactoria en la cual se obtengan reparar los perjuicios ocasionados por actos de vulneración, de igual modo, poseen la jurisdicción de comprobar su origen y por ende impedir el abuso del derecho. Por ello, Castro Pizarro et al. (2019) manifiestan que:

El Derecho Público es la doctrina regulatoria de la asimetría existente en las relaciones de poder entre el gobierno y la sociedad. Lo que se explica por ser el gobierno el único organismo que ejerce autoridad en la toma de decisiones sobre los derechos de los ciudadanos, las que deben estar reguladas por la Ley. (p.351)

 

Por ello el esfuerzo de los estados de promover los derechos y obligaciones de sus ciudadanos en un país democrático y participativo, capaz de ofrecer mediante la separación de los poderes acciones y hechos concretos para ofrecer los derechos y garantías constitucionales, así Cordero Heredia y Yépez Pulles (2015) plantean lo siguiente:

El cumplimiento de la constitución en un estado constitucional de derechos y justicia debe reflejarse en mecanismos que limiten la actuación de los poderes públicos y privados y que los encausen hacia el cumplimiento de las normas constitucionales, en especial de los derechos humanos. (p.41)

 

De acuerdo, a los planteamientos formulados se presenta como objetivo general de la presente investigación analizar jurídicamente los derechos y garantías constitucionales en Ecuador.

 

METODOLOGÍA

De acuerdo con el objetivo establecido, esta investigación se desarrolló desde el paradigma positivista, atendiendo los lineamientos, fundamentados en una investigación descriptiva desde la perspectiva cuantitativa la cual produce datos descriptivos, apoyado en una investigación documental-bibliográfica.  También, se aplicó el método inductivo-deductivo, el cual propone que para descubrir una verdad se deben buscar los hechos y no fundamentarse en meras especulaciones, además de partir de aseveraciones generales para llegar a las específicas (Dávila, 2006). Se plantea además el método analítico-sintético por medio del cual, se descompone un todo en partes extrayendo cualidades, componentes, relaciones y más para posteriormente unir las partes analizadas y con ello descubrir características y relaciones entre los elementos (Rodríguez y Pérez, 2017). El manejo de estos métodos hizo viable que se analicen doctrinas, cuerpos normativos, documentos jurídicos, bibliografía, trabajos arbitrados, la cual luego del análisis pertinente, permitió que se generen criterios y aportes para un mejor desarrollo del derecho constitucional (Naula González,  et al., 2020).

 

RESULTADOS

Luego de la aplicación de la metodología planteada y la revisión bibliográfica-documental, se obtuvieron los siguientes resultados:

 

Cuadro 1.

Constitucionalidad.

 

Normativa

Obligaciones

Constitución de la República del Ecuador (2008).

Art. 84.- La Asamblea Nacional y todo órgano con potestad normativa tendrá la obligación de adecuar, formal y materialmente, las leyes y demás normas jurídicas a los derechos previstos en la Constitución y los tratados internacionales, y los que sean necesarios para garantizar la dignidad del ser humano o de las comunidades, pueblos y nacionalidades. En ningún caso, la reforma de la Constitución, las leyes, otras normas jurídicas ni los actos del poder público atentarán contra los derechos que reconoce la Constitución.

Art. 85.- La formulación, ejecución, evaluación y control de las políticas públicas y servicios públicos que garanticen los derechos reconocidos por la Constitución, se regularán de acuerdo con las siguientes disposiciones:

1. Las políticas públicas y la prestación de bienes y servicios públicos se orientarán a hacer efectivos el buen vivir y todos los derechos, y se formularán a partir del principio de solidaridad.

2. Sin perjuicio de la prevalencia del interés general sobre el interés particular, cuando los efectos de la ejecución de las políticas públicas o prestación de bienes o servicios públicos vulneren o amenacen con vulnerar derechos constitucionales, la política o prestación deberá reformularse o se adoptarán medidas alternativas que concilien los derechos en conflicto.

3. El Estado garantizará la distribución equitativa y solidaria del presupuesto para la ejecución de las políticas públicas y la prestación de bienes y servicios públicos. En la formulación, ejecución, evaluación y control de las políticas públicas y servicios públicos se garantizará la participación de las personas, comunidades, pueblos y nacionalidades.

Art. 86.- Las garantías jurisdiccionales se regirán, en general, por las siguientes disposiciones: 1. Cualquier persona, grupo de personas, comunidad, pueblo o nacionalidad podrá proponer las acciones previstas en la Constitución.

Art. 87.- Se podrán ordenar medidas cautelares conjunta o independientemente de las acciones constitucionales de protección de derechos, con el objeto de evitar o hacer cesar la violación o amenaza de violación de un derecho.

Art. 88.- La acción de protección tendrá por objeto el amparo directo y eficaz de los derechos reconocidos en la Constitución, y podrá interponerse cuando exista una vulneración de derechos constitucionales, por actos u omisiones de cualquier autoridad pública no judicial; contra políticas públicas cuando supongan la privación del goce o ejercicio de los derechos constitucionales; y cuando la violación proceda de una persona particular, si la violación del derecho provoca daño grave, si presta servicios públicos impropios, si actúa por delegación o concesión, o si la persona afectada se encuentra en estado de subordinación, indefensión o discriminación.

Art. 89.- La acción de hábeas corpus tiene por objeto recuperar la libertad de quien se encuentre privado de ella de forma ilegal, arbitraria o ilegítima, por orden de autoridad pública o de cualquier persona, así como proteger la vida y la integridad física de las personas privadas de libertad.

Inmediatamente de interpuesta la acción, la jueza o juez convocará a una audiencia que deberá realizarse en las veinticuatro horas siguientes, en la que se deberá presentar la orden de detención con las formalidades de ley y las justificaciones de hecho y de derecho que sustenten la medida. La jueza o juez ordenará la comparecencia de la persona privada de libertad, de la autoridad a cuya orden se encuentre la persona detenida, de la defensora o defensor público y de quien la haya dispuesto o provocado, según el caso. De ser necesario, la audiencia se realizará en el lugar donde ocurra la privación de libertad.

Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional (2009).

Artículo 39.- Objeto. - La acción de protección tendrá por objeto el amparo directo y eficaz de los derechos reconocidos en la Constitución y tratados internacionales sobre derechos humanos, que no estén amparados por las acciones de hábeas corpus, acceso a la información pública, hábeas data, por incumplimiento, extraordinaria de protección y extraordinaria de protección contra decisiones de la justicia indígena.

Artículo 40.- Requisitos. - La acción de protección se podrá presentar cuando concurran los siguientes requisitos:

1. Violación de un derecho constitucional;

2. Acción u omisión de autoridad pública o de un particular de conformidad con el artículo siguiente; y,

3. Inexistencia de otro mecanismo de defensa judicial adecuado y eficaz para proteger el derecho violado.

Artículo 41.- Procedencia y legitimación pasiva. La acción de protección procede contra:

1. Todo acto u omisión de una autoridad pública no judicial que viole o haya violado los derechos, que menoscabe, disminuya o anule su goce o ejercicio.

2. Toda política pública, nacional o local, que conlleve la privación del goce o ejercicio de los derechos y garantías.

3. Todo acto u omisión del prestador de servicio público que viole los derechos y garantías.

4. Todo acto u omisión de personas naturales o jurídicas del sector privado, cuando ocurra al menos una de las siguientes circunstancias:

a) Presten servicios públicos impropios o de interés público;

b) Presten servicios públicos por delegación o concesión;

c) Provoque daño grave;

d) La persona afectada se encuentre en estado de subordinación o indefensión frente a un poder económico, social, cultural, religioso o de cualquier otro tipo.

5. Todo acto discriminatorio cometido por cualquier persona.

Ávila Santamaría, R. (2012).

En las personas y grupos de atención prioritaria encontramos enumerados los derechos de las personas adultas, migrantes, embarazadas, menores de dieciocho años, jóvenes, con discapacidad, privadas de libertad, usuarias y consumidoras. Estas personas gozan de los mismos derechos que las demás, más ciertos derechos que tienen por su particular situación. Así, por ejemplo, los niños y niñas son vulnerables por factores particulares, en especial en sociedades adultocéntricas y patriarcales como las nuestras; así mismo, las personas privadas de libertad están sometidas al poder arbitrario de los encargados de los establecimientos de su prisión y, por tanto, es menester crear condiciones para que, sin menoscabo de las limitaciones impuestas por el juez, puedan ejercer el resto de derechos de forma autónoma y, al mismo tiempo, impedir los posibles excesos del poder punitivo.

Cordero Heredia, D. y Yépez Pulles, N. (2015).

Principios de aplicación de los derechos constitucionales.

El artículo 11 de la Constitución de 2008 consagra un catálogo de principios sobre los efectos de los derechos constitucionales en los distintos ámbitos de ejercicio del poder público, social y económico. Varias de las disposiciones contenidas en este artículo recogen desarrollos normativos realizados por instancias internacionales de vigilancia y promoción de los derechos humanos, así como de la jurisprudencia de cortes de otros países y del propio Tribunal Constitucional. Su inclusión como norma positiva responde a la necesidad de evitar interpretaciones restrictivas a la fuerza que se pretende dar a los derechos fundamentales en la Constitución de 2008 y es en donde más se puede notar la influencia de las nuevas corrientes del Derecho Constitucional Contemporáneo y del Derecho Internacional de los Derechos

Humanos.

 

Elaboración: Los autores.

 

Se observa luego de revisión documental-bibliográfica las disposiciones legales con que el Estado ecuatoriano debe garantizar los derechos de sus ciudadanos.

 

CONCLUSIÓN

Los derechos y garantías constitucionales en Ecuador, se encuentra tipificado en la Constitución de la República, con el objeto de garantizar el resguardo de sus ciudadanos, además de permitir establecer las herramientas jurídicas ante algún hecho de vulneración de los derechos. Sin embargo, es recomendable la promoción y difusión de los beneficios con los cuales los ecuatorianos cuentan con el objeto de evitar el abuso y distorsión de las normas y leyes vigentes.

 

FINANCIAMIENTO

No monetario.

 

 

AGRADECIMIENTO

A la Universidad Regional Autónoma de los Andes, Quevedo; por motivar el desarrollo de la Investigación.

 

REFERENCIAS CONSULTADAS

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Cordero Heredia, D. y Yépez Pulles, N. (2015) Manual (crítico) de Garantías Jurisdiccionales Constitucionales. [(Critical) Manual of Constitutional Jurisdictional Guarantees] Fundación Regional de Asesoría en Derechos Humanos, INREDH. Recopilado de: https://n9.cl/8ys5s

 

Dávila Newman, G. (2006). El razonamiento inductivo y deductivo dentro del proceso investigativo en ciencias experimentales y sociales. [Inductive and deductive reasoning within the research process in experimental and social sciences] Laurus, 12(Ext),180-205. Recuperado de: https://n9.cl/nx847

 

 

 

 

 

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Rodríguez Santos, P.; Narváez Zurita, C.; Vázquez Calle, J.; Erazo Álvarez, J. (2020) Importancia de la acción de protección en el modelo constitucional de derechos y justicia. [Gravitation of the Protection Action in the constitutional model of rights and justice] Iustitia Socialis, 5(1), 604-619. Recuperado de: http://dx.doi.org/10.35381/racji.v5i1.632

 

Rodríguez, A. y Pérez, A. O. (2017). Métodos científicos de indagación y de construcción del conocimiento.[ Scientific methods of inquiry and construction of knowledge] Revista EAN, 82,179-200. https://doi.org/10.21158/01208160.n82.2017.1647

 

Valarezo Álvarez, M., Coronel Abarca, D., y Durán Ocampo, A. (2019). La garantía constitucional de la libertad personal y el habeas corpus como elemento de protección del bien jurídico. [The constitutional guarantee of personal liberty and habeas corpus as an element of protection of the legal good] Revista Universidad y Sociedad, 11(5), 470-478. Recuperado de: https://n9.cl/ps3bt

 

 

 

 

 

 

 

 

 

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