DOI 10.35381/cm.v8i2.696

 

Conflictos inherentes al derecho de sucesión

 

Conflicts inherent to inheritance law

 

 

Jhon David Villacres-Untuña

dq.jhondvu17@uniandes.edu.ec

Universidad Regional Autónoma de Los Andes, Quevedo

Ecuador

https://orcid.org/0000-0002-8064-9680

 

José Fabián Molina-Mora

docentetp43@uniandes.edu.ec

Universidad Regional Autónoma de los Andes, Quevedo

Ecuador

https://orcid.org/0000-0002-2653-2721

 

Manaces Esaud Gaspar-Santos

uq.manacesgaspar@uniandes.edu.ec

Universidad Regional Autónoma de Los Andes, Quevedo

Ecuador

https://orcid.org/0000-0003-4929-4495

 

 

 

 

 

Recibido: 15 de noviembre 2021

Revisado: 10 de diciembre 2021

Aprobado: 15 de febrero 2022

Publicado: 01 de marzo 2022

 

 

 

 

 

 

RESUMEN

El objetivo general de la presente investigación fue analizar jurídicamente los conflictos inherentes al derecho de sucesión. El trabajo investigativo se recorrió a partir del enfoque cuantitativo, mediante la búsqueda, recolección y análisis crítico documental, referencial bibliográfico y estudios de investigación. (Documental-bibliográfico), además, se utilizó para este tipo de estudio, documentos legales, trabajos de investigación entre otros. El diseño bibliográfico se apoya en los procesos lógicos y mentales. Como resultado se determinó que el proceso de sucesión evidencia una gran tramitología, muy extensa y engorrosa, un proceso que la ley no ha adecuado a la nueva era de la tecnología, un proceso que a vista del derecho internacional se ha quedado obsoleto. Se concluye que es un derecho que debe ser adecuado mediante reformas a la era de la información y de la tecnología, puesto que uno de los principios fundamentales del derecho es su constante adecuación a realidad presente.

 

Descriptores: Aplicación de la ley; muerte; norma. (Tesauro UNESCO). 

 

 

 

 

ABSTRACT

The general objective of this research was to legally analyze the conflicts inherent to inheritance law. The research work was carried out from the quantitative approach, through the search, collection and critical analysis of documents, bibliographic references and research studies. (Documentary-bibliographic), in addition, legal documents, research works, among others, were used for this type of study. The bibliographic design is supported by logical and mental processes. As a result, it was determined that the succession process evidences a very extensive and cumbersome paperwork, a process that the law has not adapted to the new era of technology, a process that in view of international law has become obsolete. It is concluded that it is a law that must be adapted through reforms to the era of information and technology, since one of the fundamental principles of law is its constant adaptation to the present reality.

 

Descriptors: Law enforcement; death; standard. (UNESCO Thesaurus).

 

 

 

INTRODUCCIÓN

La sucesión, es aquel acto jurídico mediante el cual se desarrolla la transmisión de derechos y obligaciones a título universal sobre los bienes de una persona fallecida bajo preceptos establecidos por la ley. El sistema jurídico ecuatoriano establece una prelación en los parientes llamados a heredar, así como establece las reglas de repartición derechos y obligaciones dejadas por el causante. (Zuta Vidal, 2020). Desde el punto de vista del autor, establece que la figura jurídica de la sucesión consiste en la adquisición de una o varias personas de los derechos y obligaciones que tuvo en vida una persona de la cual este es pariente en alguno de los grados de consanguinidad establecidos por la ley.

En este sentido, la aplicación del derecho sucesorio dentro del Estado ecuatoriano, está desarrollado dentro del Código Civil (2005), mismo que alberga todo lo correspondiente a leyes y normas regulatorias para las partes intervinientes dentro del derecho de sucesión, en torno a los procedimientos que deben ser desarrollados tras el fallecimiento de una persona para hacer efectivo el otorgamiento de los bienes y obligaciones pertenecientes a dicha persona difunta. Por lo tanto, se evidencia que dentro de las normativas ecuatoriana sobre el derecho de sucesión existe una clara necesidad de actualización de la reglamentación establecida para esta figura jurídica, por cuanto a lo largo del tiempo esta figura no ha sido modificada en lo absoluto, creando un estado de desactualización por parte del proceso de sucesiones. (Mosquera Endara y Jara Vaca, 2020)

Como ya se ha mencionada el código civil ecuatoriano desarrolla la ejecución del derecho de sucesión dentro de la nación, debiendo hacerlo en todas sus etapas, hecho que resulta contradictorio, puesto que en ninguna parte de la legislación ecuatoriana se establece un proceso concreto para la aplicación del derecho de sucesión.

 

Así mismo, el derecho de sucesión también regula los derechos y obligaciones adquiridos dentro de la nación de personas extranjeras, con la finalidad de establecer una relación de cercanía al momento del reclamo de una herencia. Los llamados a intervenir en un proceso de sucesión son, la familia, el causante y el patrimonio como tal, sin embargo, la falta de control por parte de las instancias ecuatorianas ha ocasionado que todos estos procesos no sean claros como tal, llegando a presentar problemáticas, tales como el desconocimiento del proceso por parte de los llamados a suceder, falta de información sobre derechos y obligaciones o la excesiva cantidad de requisitos solicitados para llevar a cabo el proceso, problemáticas a las que no se ha podido encontrar una solución óptima y eficiente en un momento determinado y de las cuales surgen casos de personas que fenecieron hace décadas y aun constan en los sistemas públicos como titulares de derechos y obligaciones.

En tal sentido, la legislación ecuatoriana en relación a ejecuciones jurídicas ha sido altamente cuestionada internacionalmente, al considerar que sus protocolos y procedimientos se encuentran desactualizados de los tiempos modernos, puesto que la legislación del Ecuador ha mantenido algunas instancias procesales intactas desde su creación, a pesar de las necesidades que se han venido generando a lo largo del tiempo, hecho que no ha permitido que el derecho de sucesión se adhiera a los avances tecnológicos que han surgido a lo largo del tiempo, hecho que deja entrever, que la regulación del derecho sucesorio está obsoleta y que necesita una reforma que adecue esta figura jurídica a las nuevas tecnologías y concepciones del derecho en un plano de simplicidad y eficacia.

En virtud, que todos los casos correspondientes a las sucesiones, ya sea el caso de que la sucesión sea testada o intestada, se ve sometido a un entramado jurídico de complejidad, que interviene de forma intrínseca dentro de los aspectos tanto personales como patrimoniales de los herederos, es donde se evidencia completamente que la regulación jurídica de esta figura no genera soluciones a las partes intervinientes, más bien genera mayores incertidumbres al necesitar el cumplimiento de infinidad de solemnidades, la inversión de mucho tiempo para reunir todos los requisitos legales y administrativos y la carga económica que esto representa. (Mosquera y Jara, 2020)

El autor mencionado bajo su criterio desarrolla que a la hora de la tramitación de un proceso sucesorio ya sea por vía testada o intestada, genera un acto que contiene demasiadas requisitos y solemnidades así también, exige a sus intervinientes a comprometer aspectos personales y económicos para llevar a cabo este proceso, y al mismo tiempo genera incertidumbres para los herederos, al no contar con un orden cronológico de desarrollo de actos, sino más bien, tienen que adherirse a una interpretación del proceso por parte de terceros, hecho que genera problemáticas para estos.

Al respecto, las leyes que conforman el ordenamiento jurídico ecuatoriano en la mayoría de sus casos intentan solucionar problemáticas surgidas, pero estas soluciones no llegan a ser de fondo, tal es el caso de la sucesión de bienes, en el cual las leyes tienen un alcance en el que se permite dar soluciones a problemas de jurisdicción o de competencia, pero la ley como tal no especifica con claridad el procedimiento o las leyes a aplicar a la hora del desarrollo de la sucesión de bienes, dando lugar a diversas problemáticas, que en la mayoría de casos deben ser solucionadas a través de la interpretación de cuerpos legales auxiliares. (Arellano, 2019)

Por otro lado, el sistema de justicia del Ecuador, no cuenta con mecanismos que permitan verificar de una forma completamente inmediata el parentesco de las personas, para comprobar si son herederos directos y por lo tanto deberán formar parte de la repartición de bienes dentro del testamento, por esto muchas veces se detienen los procesos al momento de distribuir según la voluntad que en vida tuvo un ciudadano. La sucesión es completamente legal, incluso la ley es la que ampara que se reúna a todos los herederos quieran o no participar para que formen parte activa de este proceso importante ya que inmiscuye el paso de responsabilidades legales. (Aguirre, 2020)

Otras grandes problemáticas que presentan las sucesiones dentro del entramado marco jurídico ecuatoriano, reposa sobre diferentes tipos de aspectos como lo son: la voluntad de los herederos, los altos costos económicos que conlleva llevar a cabo una sucesión, las deudas hereditarias, el cobro de impuestos por parte del estado o una abundante cantidad de requisitos administrativos que deben aportar los herederos para llevar a cabo el trámite de la sucesión, como lo son la presentación de escrituras originarias, presentación de planos de los bienes, certificaciones, liquidaciones, cancelar deudas de los bienes y de los herederos, estar bajo el goce de derechos civiles, etc., problemáticas que el derecho ecuatoriano a lo largo de los años no ha podido simplificar, generando así un trámite que depende de muchas aristas para ser desarrollado.

Por lo tanto, la tramitología de actos como el de las sucesiones es muy largo y engorroso, esto ha sido de esta manera desde décadas atrás, sin que se hayan planteado reforma alguna, es por ello que mediante estos antecedentes, y a través de esta investigación se quiere dar a conocer el proceso tan entramado que conllevan las sucesiones, para identificar sus falencias y cargas y poder desarrollar posibles soluciones y cambios a una tramitología que se ha quedado desactualizada para la actualidad del derecho ecuatoriano.

De acuerdo, a los planteamientos formulados se presenta como objetivo general de la presente investigación analizar jurídicamente los conflictos inherentes al derecho de sucesión.

 

 

 

 

METODOLOGÍA

El trabajo investigativo se recorrió a partir del enfoque cuantitativo, mediante la búsqueda, recolección y análisis crítico documental, referencial bibliográfico y estudios de investigación. Se utilizará para este tipo de estudio, documentos legales, trabajos de investigación entre otros. El diseño bibliográfico se apoya en los procesos lógicos y mentales. Además del método analítico que permitirá realizar un análisis de la normativa legal, en relación a las sucesiones de bienes y su tramitología, con los conceptos y doctrina aportada por los diferentes autores, para valorar todos sus preceptos civiles y luego integrarlos en una síntesis.

 

RESULTADOS

Dentro del derecho de sucesión se destacan dos tipologías, las cuales son:

 

Sucesión testada

Se denomina sucesión testada a aquella sucesión hereditaria en la que el fallecido ha dejado constancia de su voluntad mediante un testamento. A través del testamento, el causante puede expresar su parecer sobre el destino que van a recibir sus bienes tras su muerte, y con ello puede modificar en parte lo que establece la Ley. (Coca Guzmán, 2020)

 

En el testamento se puede:

1.Nombrar herederos diferentes de los establecidos en la Ley. Los herederos son sucesores generales de un porcentaje de la herencia.

2.Nombrar legatarios para recibir unos bienes concretos.

En síntesis, la sucesión testamentar es una modalidad de sucesión, la cual se desarrolla a través de un instrumento público denominado como testamento. Dentro del testamento una persona expresa la voluntad que esta tiene sobre el futuro de sus bienes, derechos y obligaciones, detallando con claridad como se ha de repartir sus bienes, sobre quien se debe repartir, y cuál es el porcentaje establecido para cada heredero o legatario. (Arellano, 2019)

La problemática más visible de la sucesión testamentaria, es que nombrado instrumento público es fácilmente susceptible de impugnación judicial por parte de quien se sienta perjudicado por la última voluntad del testador, hecho en primer lugar atenta contra la voluntad del testador y su derecho de decisión de repartición de sus bienes, así como desarrolla problemáticas para todos los herederos y legatarios al tener que afrontar procesos judiciales que determinen la cuota hereditaria a cada beneficiario, así mismo este tipo de procesos tienen un desarrollo lento y tedioso para las partes, que deben invertir mucho tiempo en el proceso así como representación legal de profesionales del derecho que velen por sus intereses.

 

Sucesión intestada

La sucesión intestada, también denominada sucesión abintestato, legal o legítima, es aquella sucesión hereditaria mortis causa que se produce en el caso de inexistencia o invalidez de testamento del fallecido. Dada la necesidad de la elección de un sucesor, y ante la inexistencia de voluntad escrita del fallecido, la ley suple esa voluntad designando sucesores por defecto. (Lorenzo Gómez, 2020)

Este tipo de sucesión es la más controversial, en el ámbito de las sucesiones, puesto que no existe voluntad por parte del causante, hecho que deja a voluntad de los herederos la repartición de los bienes de manera voluntaria, a través de procesos muy extensos y con tramitologías exhaustivas como lo son el proceso de inventario, posesión efectiva y partición extrajudicial o en última instancia, al no haber cuerdo voluntario de las partes, el desarrollo de inventario y partición de la masa hereditaria a través de procesos judiciales en el cual se haga valer los derechos de los intervinientes los cuales en la mayoría de los casos se encuentran en controversias personales entre ellos mismo.

Figura del heredero en las sucesiones

El autor Kluwer (2018) desarrolla la figura del heredero bajo las siguientes características:

ü  El heredero es el que por testamento o por ley, mediante el juicio de intestado (repartición de una herencia a través de la vía judicial), recibe en todo o en parte una herencia o legado. Es a quien se transmiten los bienes derechos y obligaciones del de cujus, en los términos del testamento o en la forma en que disponga la ley, en su caso.

ü  El heredero debe ser nombrado o instituido designándolo por su nombre, apellidos, y si varios tuvieran el mismo nombre, deben agregarse otros nombres o circunstancias que distingan al que se quiere nombrar. En caso de que el testador no lo hubiere designado por nombre, pero sí de otra forma que produzca certeza sobre la identidad del heredero, valdrá y se reconocerá el nombramiento.

ü  El heredero nombrado como tal sobre cosa cierta y determinada será considerado legatario. Cuando toda la herencia se reparta en legados, todos los legatarios serán considerados los herederos.

 

Desde una percepción propia, la figura del heredero dentro de las sucesiones en cualquiera de sus ámbitos se propone como la figura principal del proceso y sobre el cual recae toda la responsabilidad de desarrollo del proceso. Ahora bien, normalmente los herederos no tienen noción de cómo desarrollar este tipo de procedimientos, hecho que genera diversos problemas como sucesiones incompletas por falta de información o falta de recursos, falta de regulación a los herederos o la necesidad de multitud de información que debe ser expedida por diferentes entes públicos y los cuales representan tramites personales que tienen diversas duraciones, hecho que ralentiza aún más estos procesos puesto que esto obliga a los herederos a coordinar sus acciones y sus tiempos, hecho que en la mayoría de casos no sucede.

Procedimiento de la sucesión de bienes

La sucesión de bienes es un proceso que puede presentarse y desarrollarse por diversas vías ya se judiciales o extra judiciales, por ello para fines de la presente investigación es necesario hacer referencia a las formas de suceder, las cuales se presentan continuación:

 

Proceso de Sucesión Testada

Alude a la situación a través de la cual ha sido posible que se haya realizado un testamento valido y previo por parte del causante, en este sentido el individuo en cuestión a determinado de manera clara y en uso de todas sus facultades la disposición en la que sus bienes serán repartido plasmando su absoluta voluntad en el documento con respecto al proceso posterior a su muerte. (Aulla, 2019). La sucesión testada es el acto mediante el cual se desarrolla el derecho de sucesión en base a la voluntad del causante, el cual la ha plasmado en un documento jurídico denominado testamento.

 

Proceso de sucesión testamentaria

El proceso de sucesión testamentaria inicia al momento de la muerte de una persona. Un apoderado de confianza del causante, llámese abogado o notario, o cualquier otra persona imparcial, siguiendo las directrices de la última voluntad del causante llama al proceso de apertura del testamento a todas las personas que forman parte de la actuación testamentaria y los cita a una hora y día determinados según la estipulación del causante. Los procesos testamentarios dentro de las sucesiones son los menos controversiales, puesto que la repartición de bienes y hace en base a una voluntad del causante en base a su experiencia de vida, el único problema que se devenga está en que estos instrumentos públicos son fácilmente impugnables, puesto que la ley prevé la indefensión de los herederos, hecho que en muchos casos hace dejar en un segundo plano la voluntad del causante.

 

Proceso de Sucesión Intestada

La sucesión intestada es aquel acto mediante el cual los herederos o legatarios establecidos por ley asumen los derechos y obligaciones del causante en partes proporcionales, este tipo de sucesión se desarrolla al no existir voluntad plasmada por el causante a través de un acto testamentario. Una vez se ha dejado claro el grado de sucesión en los cuales se debe manejar las sucesiones intestadas, es preciso hacer referencia a los trámites para el ejercicio legal del mismo. El proceso de sucesión intestada puede desarrollarse de formas diferentes, basándose su forma en la voluntad o predisposición de los herederos para establecer acuerdos o no.

Por todo ello, el proceso de sucesión evidencia una gran tramitología, muy extensa y engorrosa, un proceso que la ley no ha adecuado a la nueva era de la tecnología, un proceso que a vista del derecho internacional se ha quedado en desuso u obsoleto, puesto que, en legislaciones como la española, se ha dado potestad a las comunidades autónomas para la actualización y adecuación de los procedimientos sucesorios tomando en consideración tanto los denominados activos digitales como la tramitación efectiva de requisitos a través de medios electrónicos, tal como lo expresan los autores (Cobas Cobiella y De Joz Latorre, 2017), en su obra “La Modernizacion del derecho de Sucesiones”, hecho por el cual claramente se evidencia la necesidad de adecuación de este procedimiento a nuevas formas de desarrollo, a la implementación de interconectividad de instituciones públicas, al uso de plataformas para la obtención de requisitos, de lapsos de tiempo reducidos en la obtención de solemnidades, etc., todo ello con la única finalidad de convertir un proceso obsoleto en un proceso útil y eficaz para el derecho ecuatoriano.

 

 

CONCLUSIÓN

El derecho sucesorio se presenta dentro de la legislación ecuatoriana como una figura superficial, nada clara, sin una línea de tiempo o procedimental específica, hecho que genera incertidumbre, desconocimiento y desorientación a los herederos, los cuales deben basarse en la costumbre o experiencia de terceros para el desarrollo del proceso.

Port otro lado, el procedimiento del derecho sucesorio es considerado por el derecho internacional como obsoleto, en vista que desde su expedición no ha sido reformado o adecuado a los tiempos actuales, estableciendo una tramitología manual, dilatada y controversial para los herederos, hecho que genera la necesidad de actualización de esta figura jurídica, tal como lo han hecho legislaciones como la española, la cual ya prevé la utilización de tecnología para el desarrollo de las sucesiones, tiempos cortos y tramites simplificados.

Así mismo, el derecho sucesorio es un derecho que debe ser adecuado mediante reformas a la era de la información y de la tecnología, puesto que uno de los principios fundamentales del derecho es su constante adecuación a realidad presente, hecho que fundamenta aún más la necesidad de adecuar esta figura jurídica a procedimientos eficaces, rápidos y no dilatados.

 

FINANCIAMIENTO

No monetario.

 

AGRADECIMIENTO

A la Universidad Regional Autónoma de los Andes, Quevedo; por motivar el desarrollo de la Investigación.

 

 

REFERENCIAS CONSULTADAS

 

Aguirre Herrera, R. E. (2020). Análisis del régimen ecuatoriano frente al derecho sucesorio: estudio comparativo del régimen interno frente a la legislación estadounidense en el Estado de Luisiana y propuesta de reforma en relación a las asignaciones forzosas en el Ecuador. [Analysis of the Ecuadorian inheritance law regime: comparative study of the domestic regime versus the U.S. legislation in the State of Louisiana and proposal for reform in relation to forced assignations in Ecuador]. Tesis de Grado. Universidad Internacional Sek. Quito. Recuperado de: https://n9.cl/ynku4

 

Arellano, P. (24 de octubre de 2019). Sucesión en el Ecuador. [Succession in Ecuador] Recuperado de: https://n9.cl/pld26

 

Aulla Rosero, E. M. (2019). Sucesión intestada internacional en Ecuador. [International intestate succession in Ecuador]. Tesis de Grado. Universidad Católica de Santiago de Guayaquil. Ecuador. Recuperado de: https://n9.cl/h33os

 

Cobas Cobiella, M. E., y De Joz Latorre, C. (2017). La Modernización del Derecho de Sucesiones. [ Modernization of Inheritance Law].  Cuestiones de Interés Jurídico. Recuperado de:  https://n9.cl/kvnr7

 

Coca Guzmán, S. J. (22 de octubre de 2020). ¿Qué es la sucesión testamentaria?  [What is probate?]Recuperado de: https://n9.cl/g5ojz

 

Congreso Nacional. (2005). Código Civil. [Civil Code]. Codificación N° 2005-010.Recuperado de: https://n9.cl/x5ko

 

Kluwer, W. (28 de septiembre de 2018). Institución de heredero. [Institution of heir] Recuperado de: Obtenido de https://n9.cl/ibhf3

 

Lorenzo Gómez, M. J. (2020). La sucesión intestada o ab intestato. [Intestate or ab intestato succession]. Madrid, España.

 

Mosquera Endara, M. y Jara Vaca, F. (2020). El proceso de sucesión en el Código Civil Ecuatoriano. [The succession process in the Ecuadorian Civil Code]. Uniandes EPISTEME. Revista digital de Ciencia, Tecnología e Innovación, 7; 666-675. Recuperado de:  https://n9.cl/21u2p

 

 

Zuta Vidal, E. I. (23 de noviembre de 2020). Sucesión intestada: trámites y dificultades. [Intestate succession: procedures and difficulties]. Recuperado de: https://n9.cl/bihwb

 

 

 

 

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