DOI 10.35381/cm.v8i4.949

 

 La culpa como elemento constitutivo del delito en materia de tránsito

 

Guilt as a constituent element of the crime in traffic matters

 

Hamilton Luis Jami-Yacelga

dp.hamiltonljy28@uniandes.edu.ec

Universidad Regional Autónoma de los Andes, Puyo, Pastaza

Ecuador

https://orcid.org/0000-0002-0574-0900

 

Jean Carlos Naranjo-Guerra

dp.jeancng22@uniandes.edu.ec

Universidad Regional Autónoma de los Andes, Puyo, Pastaza

Ecuador

https://orcid.org/0000-0002-1256-575X

 

Ronny Aldahir Curay-Arias

dp.ronnyaca60@uniandes.edu.ec

Universidad Regional Autónoma de los Andes, Puyo, Pastaza

Ecuador

https://orcid.org/0000-0003-1960-9353

 

Juan Alberto Rojas-Cárdenas

up.juanrojas@uniandes.edu.ec

Universidad Regional Autónoma de los Andes, Puyo, Pastaza

Ecuador

https://orcid.org/0000-0001-9026-4402

 

 

 

 

Recibido: 01 de mayo 2022

Revisado: 25 de junio 2022

Aprobado: 01 de agosto 2022

Publicado: 15 de agosto 2022

 

 

 

 

 

 

 

RESUMEN

En la presente investigación el objetivo general fue determinar la culpa como elemento constitutivo del delito en materia de tránsito. De carácter cuantitativa, se apoya en la descripción documental, con un diseño bibliográfico contribuye a la recolección de datos relacionado al estudio. Así mismo se emplea el método analítico-sintético, se considera a este como un procedimiento fundamental de toda investigación debido a que este nos permite analizar los fenómenos y causas de los problemas. Este método es de suma importancia para nuestro tema de investigación debido a que gracias a este hemos podido analizar las causas y consecuencias de los accidentes de tránsito. Se aplicó un cuestionario para una población de 30 personas de la comunidad de Puyo. Se concluye que, los conductores de vehículos profesionales y no profesionales deben cambiar sus actitudes, porque ahora es el momento de actuar para concienciar sobre el alto nivel de responsabilidad de conducir.

 

Descriptores: Accidente de tráfico; derecho penal; mortalidad. (Tesauro UNESCO).

 

 

 

 

ABSTRACT

The general objective of this research was to determine guilt as a constitutive element of the crime in traffic matters. It is a quantitative research, based on documentary description, with a bibliographic design that contributes to the collection of data related to the study. Likewise, the analytical-synthetic method is used, which is considered a fundamental procedure in all research because it allows us to analyze the phenomena and causes of the problems. This method is of utmost importance for our research topic because thanks to it we have been able to analyze the causes and consequences of traffic accidents. A questionnaire was applied to a population of 30 people in the community of Puyo. It is concluded that drivers of professional and non-professional vehicles should change their attitudes, because now is the time to act to raise awareness about the high level of responsibility of driving.

 

Descriptors: Traffic accident; criminal law; mortality. (UNESCO Thesaurus).

 

 

 

 

 

 

INTRODUCCIÓN

El Derecho de Tránsito, en Ecuador está orientada por la Ley Orgánica de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial que hoy en día sigue vigente, pese a los muy desatinados intentos de que el Código Orgánico Integral Penal la absorba, el entender que la Materia de Tránsito tiene sus propias reglas, principios y procedimientos, nos permitirá acceder a una justicia especializada que pueda servir de mejor manera a la sociedad.

En materia de Tránsito se abarca un concepto muy poco abordado en materia penal; si bien en el derecho penal contamos con el dolo como elemento principal para una conducta típica, antijurídica y que amerite una pena acorde a la gravedad de dicha conducta, en materia de tránsito se debe enfrentar a todo lo contrario, en materia de tránsito se  enfrenta a un fenómeno cuyas características son tan especiales, y únicas que se vuelve imposible de estudiar, ya que intrínsecamente es imposible de reproducir, a este fenómeno se lo conoce con el nombre de accidente.

En este orden de ideas, según las evaluaciones del informe sobre el contexto mundial en seguridad vial de la Organización Mundial de la Salud, publicado en el 2015, Ecuador ocupa el séptimo puesto en Latinoamérica en tasa de fallecimientos por accidentes de tránsito y el décimo ter­cero a escala, global. (Algora-Buenafé et al.2017, p.54)

Por otro lado, las sanciones no están orientadas sobre la base de una actitud dolosa sino de una actitud culposa, esa es la palabra clave, en materia penal los delitos son definidos entre otras cosas por el dolo, mientras que en materia de tránsito se definen por la culpa.

En este sentido, en materia penal la culpa es la conciencia de la antijuricidad de la conducta, sin embargo, esta conciencia no se puede calificar como dolo ya que a diferencia de los delitos penales existen ciertos elementos que modelan las infracciones de tránsito como acciones u omisiones culposas que violando el deber objetivo de cuidado generan en un daño directo a un bien jurídico protegido por la ley.

Las sanciones deberían ser más severas, sin embargo, Andrade-Torres et al. (2020) indican:

 

Un manejo poco prolijo en el ejercicio de la legislación nacional, así como en la emisión de actos normativos y administrativos ha resultado en la excesiva, dispersa, desordenada y desarticulada formulación de normativa, y ello ha permitido que los entes llamados a velar por la armonía del ordenamiento jurídico tengan serios problemas al ejecutar sus funciones, y ello ha afectado seriamente en la administración de justicia en última instancia, por razones que a primera vista resultan obvias. (p.146)

 

En este sentido, son infracciones de tránsito las acciones u omisiones que, pudiendo y debiendo ser previstas, pero no queridas por el causante, se verifican por negligencia, imprudencia, impericia o por inobservancia de las leyes, reglamentos, resoluciones y demás regulaciones de tránsito. En los delitos culposos de tránsito, el autor no actúa bajo el designio de causar daño, por lo que esta persona no constituye un peligro para la sociedad.

Pero existen sanciones claramente tipificadas en la Ley Orgánica de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial. En este sentido los artículos; 376 establece lo siguiente:

 

Artículo 376.- Muerte causada por conductor en estado de embriaguez o bajo los efectos de sustancias estupefacientes, psicotrópicas o preparados que las contengan. - La persona que conduzca un vehículo a motor en estado de embriaguez o bajo los efectos de sustancias estupefacientes, psicotrópicas o preparados que las contengan y ocasione un accidente de tránsito del que resulten muertas una o más personas.

Sanción: Pena privativa de libertad de diez a doce años, Revocatoria definitiva de la licencia para conducir vehículos.

 

Según informe del Anuario Estadístico de Transporte 2018, las principales causas de siniestros son:

 

·         La impericia e imprudencia del conductor, con un total de 12.660 siniestros, que representan el 49,6%.

·         Seguido de exceso de velocidad con 4.068 siniestros, con el 15,9% del total de siniestros de tránsito nacionales.

·         Por embriaguez o droga el 7.5 %.

 

De acuerdo, a los planteamientos formulados se presenta como objetivo general de la presente investigación determinar la culpa como elemento constitutivo del delito en materia de tránsito.

 

METODOLOGÍA

La presente investigación de carácter cuantitativa, se apoya en la descripción documental, según Hernández Sampieri et al. (2014), es de característica investigativa que contribuye al análisis de diversas entidades observables en la realidad. Con un diseño bibliográfico contribuye a la recolección de datos relacionado al estudio. Así mismo se emplea el método analítico-sintético, se considera a este como un procedimiento fundamental de toda investigación debido a que este nos permite analizar los fenómenos y causas de los problemas. Este método es de suma importancia para nuestro tema de investigación debido a que gracias a este hemos podido analizar las causas y consecuencias de los accidentes de tránsito, de este sector para poder realizar una síntesis compleja de este fenómeno. Se aplicó un cuestionario para una población de 30 personas de la comunidad de Puyo, con diferentes características: 8 Agentes de tránsito, Jueces y Fiscales            de tránsito 2 Abogados especializados en tránsito, y 10 Conductores profesionales que laboran en la cooperativa de transporte urbano en la ciudad de Puyo.

 

RESULTADOS

En América Latina, los accidentes de tránsito han tenido como resultado que muchas carreteras se hayan pintado de sangre en múltiples casos por violaciones a las leyes de tránsito por parte de algunos conductores, lo que ha resultado no solo en la pérdida de familiares o seres queridos, sino en muchos casos en el desmembramiento de algunos de sus miembros no sólo los ha dejado temporalmente y permanentemente inhabilitados, de la misma manera los peatones prestan poca o ninguna atención a los semáforos que se encuentran en el transcurso de la vía.

En este orden de ideas, algunos estudios verificados en países de bajos y medianos ingresos indicaron que la presencia de alcohol en la sangre en entre el 18% y el 90% de los peatones y entre el 10% y el 28% de los motociclistas que sufrieron lesiones en siniestros viales. (Organización Panamericana de la Salud, 2017, p.3).

El Código Orgánico Integral Penal. (2014) establece en los siguientes artículos las penas por delito en materia de transito al respecto se mencionan:

 

Artículo. 384.- Conducción de vehículo bajo efecto de sustancias estupefacientes, psicotrópicas o preparados que las contengan. - La persona que conduzca un vehículo bajo los efectos de sustancias estupefacientes, psicotrópicas o preparados que las contengan, será sancionada con reducción de quince puntos de su licencia de conducir y treinta días de privación de libertad; además como medida preventiva se aprehenderá el vehículo por veinticuatro horas.

 

En relación a los delitos de tránsito, en función del COIP, se vinculan como los delitos contra la responsabilidad ciudadana, delitos contra la estructura del estado constitucional, delitos de terrorismo e infracciones de tránsito. (Granda-Torres & Del Cisne-Herrera,2019). Con más de 3500 decesos diarios, los accidentes viales son la principal causa de muerte de niños y jóvenes en el mundo. Además, unos 50 millones de personas resultan lesionadas cada año en esos siniestros. (Naciones Unidas,2021). En Ecuador, el problema surge todos los días, ya pesar de una ley específica que sanciona a los conductores que no cumplen con la ley, muchos conductores hacen poco o nada para cambiar la situación. En la mayoría de los casos, los accidentes se deben a la embriaguez, que es la tercera causa, a la distracción en la conducción y al exceso de velocidad, que actualmente es la cuarta, registra la Agencia Nacional de Transporte. Por otro lado, António Guterres recordó que el 90% de los accidentes de tráfico ocurren en los países de renta baja y media y que son la primera causa de muerte entre los niños y jóvenes de cinco a 29 años. (Naciones Unidas, 2022).

En términos generales accidente es un hecho eventual, imprevisto, que genera una desgracia o un daño. En materia de tránsito accidente es el suceso imprevisto producido por la participación de un vehículo o más en las vías o carreteras y que ocasiona daños materiales o lesiones a personas y hasta la muerte de las mismas.
La Ley de Tránsito establece el concepto de infracciones de tránsito define a los accidentes cuando dice :Son infracciones de tránsito las acciones u omisiones que pudiendo ser previstas pero no queridas por el agente, se verifican por negligencia, imprudencia, o impericia, o por inobservancia de las leyes, reglamentos y ordenanzas de tránsito, o de órdenes legítimas de las autoridades y agente de tránsito. Es necesario resaltar que, por el mismo hecho de ser accidente y por lo tanto en acontecimiento eventual, se produce en circunstancias no deseadas, es decir involuntariamente; aquí, por tanto, no cabe la intención de causar daño, el dolo no existe como presupuesto para este tipo de delitos, pues en tanto esto sucediera ya no estaríamos hablando de accidentes de tránsito sino de delitos penales.

 

CONCLUSIÓN

Los conductores de vehículos profesionales y no profesionales deben cambiar sus actitudes, porque ahora es el momento de actuar para concienciar sobre el alto nivel de responsabilidad que representa conducir un vehículo y circular por carretera. Para tal efecto, el ministro de Educación y Transportes, dispuesto por el Estado, está obligado a garantizar que la docencia se realice en todas las instituciones educativas públicas y privadas con personal autorizado y capacitado. Sobre todo, las normas básicas y el pleno conocimiento de la ley de tránsito y su reglamento estipulado en el artículo 4 de la Ley de Ordenación del Tránsito, es necesario educar a todos los ciudadanos desde temprana edad para que comprendan y respeten la ley cuando maduren.

 

FINANCIAMIENTO

No monetario.

 

AGRADECIMIENTO

A la Universidad Regional Autónoma de los Andes; por motivar el desarrollo de la investigación.

 

REFERENCIAS CONSULTADAS

 

Algora-Buenafé   AF, Russo-Puga M, Suasnavas-Bermúdez PR, Merino-Salazar P, Gómez-García AR. (2017). Tendencias de los accidentes de tránsito en Ecuador: 2000-2015. [Trends in road accidents in Ecuador: 2000-2015]. Rev Gerenc Polít Salud. 16 (33): 52-58. https://doi.org/10.11144/Javeriana.rgps16-33.tate

 

Andrade-Torres, J., Erazo-Álvarez, J., Trelles-Vicuña, D., & Narváez-Zurita, C. (2020). Conciliación en asuntos relacionados con infracciones de tránsito en el Ecuador Vulneración de derechos fundamentales. [Conciliation in matters related to traffic violations in Ecuador Violation of fundamental rights]. IUSTITIA SOCIALIS, 5(8), 142-161. http://dx.doi.org/10.35381/racji.v5i8.566

 

Asamblea Nacional Constituyente de la República del Ecuador, (2008). Constitución de la República del Ecuador. [Constitution of the Republic of Ecuador]. Montecristi. Registro Oficial 449 de 20-oct-2008. Recuperado de https://n9.cl/sia

 

Asamblea Nacional de la República del Ecuador. (2014). Código Orgánico Integral Penal [Comprehensive Organic Criminal Code]. Recuperado de https://n9.cl/g6sc

 

Granda-Torres, G., Herrera-Abrahán, C. (2020). Análisis de los tipos penales y su importancia para determinar responsabilidad penal. [Analysis of criminal types and their importance in determining criminal responsibility]. IUSTITIA SOCIALIS, 5(7), 220-232. http://dx.doi.org/10.35381/racji.v4i7.443

 

Hernández Sampieri, R., Fernández Collado, C., & Baptista, L. (2014). Metodología de la investigación. [Research methodology]. México: Editorial Mc – Graw – Hill Interamericana. Sexta edición.

 

Instituto Nacional de Estadística y Censos. Población y Demografía. (2018). Boletín técnico N° 01-2019-transporte. Anuario de estadísticas de transporte. [ Technical Bulletin No. 01-2019-transport. Yearbook of transport statistics].  Recuperado: https://n9.cl/4oc9u

 

Ley Orgánica Reformatoria a la Ley Orgánica de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial. (2014). [Organic Law Reforming the Organic Law on Land Transport, Transit and Road Safety] Registro Oficial Suplemento 407. Ecuador.

 

Naciones Unidas. (2021). Un nuevo Decenio de Acción busca reducir a la mitad los 1,3 millones de muertes anuales en carreteras. [New Decade of Action seeks to halve the 1.3 million annual road deaths]. Recuperado de: https://n9.cl/mt9h4

 

Naciones Unidas. (2022). Accidentes viales: “Una epidemia silenciosa y ambulante” que mata a 1,3 millones de personas por año. [Road crashes: "A silent, walking epidemic" that kills 1.3 million people a year]. Recuperado de: https://n9.cl/xcxll

 

Organización Panamérica de la Salud (2017) Beber y Conducir [Drinking and Driving]. Recuperado de: https://n9.cl/xro5

 

 

 

 

 

 

 

 

 

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